Crisis en Ceuta

La Audiencia Nacional avala la construcción del campamento de migrantes en el puerto de Ceuta

¿Por qué es importante? El Gobierno podrá continuar con sus planes para trasladar a este recinto a unos 1.800 migrantes que ahora están acampados en la playa del Trampolín.

La Audiencia Nacional ha rechazado la medida cautelarísima pedida por el Sindicato Unificado de Policía (SUP) de paralizar la puesta en marcha de un campamento de acogida para un millar de migrantes en el puerto de Ceuta.

Tras frenar este miércoles la habilitación de dichas instalaciones, a la espera de resolver la petición cautelar, finalmente la Audiencia Nacional ha rechazado dicha medida, señalando que serán las disposiciones que adopte el Ministerio de Interior las que determinen las condiciones de seguridad de los agentes y para los propios migrantes, según indica el auto al que ha tenido acceso laSexta.

El mencionado sindicato policial pedía suspender cautelarísimamente una orden del Ministerio de Transportes del pasado 5 de septiembre que acuerda "la utilización de aproximadamente 16.000 metros cuadrados de la ampliación de Poniente del Puerto de Ceuta, para la instalación de un dispositivo temporal de acogida de personas migrantes, con capacidad aproximada de un millar de personas" hasta que se acreditara la seguridad.

Sin embargo, los magistrados han rechazado adoptar esta medida al entender que concurren razones de interés general que justifican que Transportes adoptara una resolución para autorizar la ocupación temporal del puerto con la instalación de recursos de acogida.

En concreto, destacan que se aprecia que concurren razones de interés general que justifican el otorgamiento de la autorización solicitada, "sin perjuicio de la adopción de las medidas necesarias para garantizar su compatibilidad con la seguridad, protección y normal explotación del puerto".

De manera expresa se establece que, "de conformidad con el artículo 9 del Real Decreto 681/2026, de 25 de agosto, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible instará del Ministerio del Interior su colaboración activa y aportación de medios necesarios para reforzar la seguridad".

Por tanto, serán las disposiciones adopte el Ministerio del Interior las que determinen esas condiciones de seguridad para los agentes que presten servicio en las instalaciones y para los propios migrantes y demás personal allí destinado. Así pues, recalcan que "no procede la adopción de la medida cautelar inaudita que la parte solicita".

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