Restricciones tras el 9 de mayo
Las CCAA podrán acudir al Supremo para mantener el toque de queda o el cierre perimetral tras el estado de alarma
Hasta ahora, las mismas medidas que se permiten en una comunidad, en otras no. Con esta decisión del Gobierno se busca acabar con la disparidad de posiciones.
El Tribunal Supremo tendrá la última palabra sobre las restricciones que quieran tomar las comunidades autónomas tras finalizar el estado de alarma, como son el toque de queda o el cierre perimetral, que decaerán a partir del 9 de mayo.
Hasta ahora, para aplicar estas medidas, los gobiernos regionales debían tener el aval judicial de los tribunales superiores de justicia, pero vista la disparidad de posiciones que se pueden dar -que en algunas se permitan y en otras no- las autonomías podrán ahora recurrir al Alto Tribunal, que podrá dictar jurisprudencia.
Una importante novedad, ya que hasta ahora esto no se podía hacer. Según ha podido confirmar laSexta, el Consejo de Ministros incluirá esta medida en el decreto que este martes aprueba y que extenderá varias medidas del llamado escudo social tras finalizar el estado de alarma.
El decreto que aprueba este martes el Consejo de Ministros incluye la prórroga tres meses de una batería de medidas sociales vinculadas al estado de alarma, tal y como anunció ya Pedro Sánchez en el Congreso a mediados de abril.
También hasta el 9 de agosto se mantendrá la suspensión de los desahucios y lanzamientos de arrendatarios vulnerables sin alternativa habitacional y la prórroga extraordinaria de seis meses de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual, además de la prohibición en los cortes de suministros eléctricos.