En vigor este 7 de octubre
Las claves de la ley del 'solo sí es sí': todo acto sexual sin consentimiento expreso ya es violación
Desde este viernes, el delito de abuso sexual deja de estar contemplado en el Código Penal. Cualquier delito que entre en este marco será considerado una agresión sexual. Te explicamos algunos de los cambios que trae la nueva ley de garantía integral de la libertad sexual, ya en vigor.
La ley del 'solo sí es sí' ya está en vigor. Tras su aprobación el pasado mes de agosto en el Congreso, la Ley de Garantía Integral de Libertad Sexual endurece las penas y el tratamiento de los delitos sexuales y elimina la consideración de abuso sexual del Código Penal. Así, todo acto sexual sin consentimiento expreso ya se considera una violación.
Tras un año de trámites legislativos, ya se consideran agresiones sexuales todas aquellas conductas que atenten contra la libertad sexual sin el consentimiento de la otra persona. Ese consentimiento ya tiene, además, una nueva definición: "Solo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona".
Esto supone que una agresión sexual no implica necesariamente el uso de la fuerza o que la víctima haya tratado de resistirse ya que, por ejemplo, su pasividad podría estar condicionada por una intimidación ambiental o por la ingesta de alcohol u otras sustancias.
También se introduce el agravante por sumisión química. Usar fármacos o drogas para reducir o anular la voluntad de la víctima, algo considerado hasta ahora abuso, pasará a ser agresión.
Con su entrada en vigor, también se consideran desde hoy violencias sexuales la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado, el acoso con connotación sexual y la trata con fines de explotación sexual y se incluye el homicidio de mujeres vinculado a la violencia sexual, o feminicidio sexual, como la violación más grave de los derechos humanos vinculada a esta violencia. Te explicamos algunos de los cambios que provoca.
Grabación y difusión de imágenes de contenido sexual
Además de la eliminación del delito de abuso sexual, con la nueva ley se consideran violencias sexuales aquellas "referidas a la grabación y difusión de imágenes de contenido sexual, denigrante o vejatorio para las mujeres, tanto en el ámbito público como privado, tomadas con o sin su consentimiento", penadas con de uno a tres meses de prisión a quienes habiendo recibido imágenes o grabaciones audiovisuales sin autorización de la persona afectada las revele o ceda a terceros. Asimismo, obliga a los agresores sexuales menores a pasar por unos cursos de educación y formación en igualdad y violencia machista.
Acoso callejero
El acoso callejero pasará a ser penado como delito leve y la justicia podrá perseguirlo a petición de la persona que lo sufra. Este tipo de actitudes se castigarán con entre 5 y 30 días de localización permanente, trabajos comunitarios durante el mismo periodo o multa.
Prohibición de la publicidad pornográfica
La nueva ley dedica un apartado a la prohibición de la publicidad pornográfica que consiste, por un lado, en vetar los anuncios que muestren una imagen vejatoria o discriminatoria de las mujeres utilizando su cuerpo o partes del mismo, o asociada a comportamientos estereotipados que se consideren ofensivos. También servirá para prohibir los anuncios que promocionen la prostitución o que puedan considerarse racistas, homofóbicos o discriminatorios.
Ayudas a las víctimas de violencia vicaria
La nueva ley de libertad sexual también reconoce el derecho a recibir ayudas a las víctimas de la violencia vicaria, aumenta la protección de las víctimas en los procedimientos legales y contempla la creación de centros de crisis 24 horas para atender a víctimas de violencia sexual mayores de 16 años o las casas de infancia para los menores de esa edad.
La norma entra en vigor cuatro años después de la sentencia contra La Manada por la violación grupal a una joven en los Sanfermines de 2016, cuyos miembros fueron inicialmente condenados por abuso sexual. Después, el Tribunal Supremo acabó elevando las penas de 9 a 15 años de prisión por violación.