Se reduce el tiempo de residencia mínimo

Claves de la nueva Ley de Extranjería: se facilitarán los trámites a las personas que hayan sido perseguidas en sus países de origen

El nuevo reglamento reducirá de 2 años a 6 meses el tiempo de residencia mínimo en España exigido para que los solicitantes de asilo cuya petición ha sido denegada puedan acceder a las diferentes figuras de arraigo.

Vista general de las votaciones durante un pleno en el Congreso de los Diputados, a 20 de junio de 2024, en Madrid (España). EP

El nuevo reglamento de extranjería aprobado este martes incluirá una vía transitoria que, durante un año, reducirá de 2 años a 6 meses el tiempo de residencia mínimo en España exigido para que los solicitantes de asilo cuya petición ha sido denegada puedan acceder a las diferentes figuras de arraigo.

Según han informado fuentes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el nuevo texto establecerá que el tiempo de residencia en España como solicitante de protección internacional no computará como tiempo a tener en cuenta para optar al arraigo, como ha dictaminado recientemente el Tribunal Supremo.

Con esta medida, que va en consonancia también con la normativa europea, se busca priorizar que la vía de solicitud de protección internacional quede reservada a aquellas personas vulnerables que huyen de sus países porque son perseguidos por razón de raza, sexo, religión, etc.

Ante esta nueva disposición, durante un año desde que el nuevo reglamento entre en vigor (en seis meses desde que sea publicado en el BOE, en los próximos días) los solicitantes de asilo que cuenten con una denegación en firme de su petición de asilo podrán conseguir los papeles a través de las figuras de arraigo, cuyos requisitos se han flexibilizado en este nuevo reglamento.

En su caso, tendrán que demostrar que han vivido en España al menos 6 meses en vez de 2 años, como establece esta figura para el resto de extranjeros, además de cumplir los diferentes requisitos, como demostrar vínculos familiares en el país, un informe de integración, una oferta de trabajo u otras.

A partir de que se cumpla un año desde la entrada en vigor de este nuevo reglamento, los solicitantes de protección internacional que vean denegada su solicitud que se queden en España tendrán que esperar al menos dos años para poder acceder a las figuras de arraigo contempladas y regularizar su situación.