PARA PROVOCAR LA MUERTE DE SU FAMILIA
Condenan al etarra Txeroki a 18 años de cárcel por enviar un paquete bomba a una periodista en 2002
La Audiencia Nacional ha condenado a 18 años de cárcel al etarra Garikoitz Aspiazu Rubina, Txeroki, por intentar matar con un paquete bomba en enero de 2002 a la entonces delegada de Antena 3 en el País Vasco, María Luisa Guerrero.
La sección tercera de la Sala de lo Penal le impone además el pago de varias indemnizaciones a los familiares de la periodista, que también se encontraban en la casa cuando llegó el envío con la bomba. Los informes periciales subrayan la cantidad de explosivo que contenía el paquete provocaría la muerte, en un radio de acción de cuatro metros, de las personas que se encontraran en la vivienda, donde la víctima vivía con su madre, su hermana y su sobrina.
La sala considera probado que Txeroki formaba en 2002 parte del comando K Olaia junto con Idoia Mendizábal Múgica y Asier Arzalluz Goñi, ya condenados por estos hechos, y que los tres decidieron acabar con la vida de la periodista, que era objetivo de ETA desde al menos el año 2000, para lo que enviaron a su casa de Leioa (Vizcaya) el paquete, que fue desactivado por personal especializado y no llegó a explotar.
Con el envío del paquete, con remitente de la asociación empresarial Confebask, los etarras asumían, dice la sentencia, "el riesgo que para cualesquiera otras personas residentes en dicho domicilio se derivara del contacto que tuvieran con el paquete bomba".
El paquete consistía en una caja de cartón del tamaño de una de zapatos que contenía 230 gramos de dinamita-goma y un detonador eléctrico alimentado con pilas, y la bomba se accionaba abriendo la caja. Fue recogido por la madre de la periodista, quien llamó por teléfono a su hija y recibió como contestación que no lo tocara porque no esperaba ningún envío. Acto seguido llamó a la Ertzaintza, que se personó en el domicilio y desactivó el paquete en la calle.
Como consecuencia de la acción, dice la sentencia, la hermana de la periodista ha padecido "angustia, ansiedad, irritabilidad, fractura del normal ciclo del sueño y apetito, así como un cuadro depresivo reactivo y episodios de ansiedad generalizada", que han precisado tratamiento.
La madre de ambas también sufrió un trastorno ansioso depresivo y requirió de tratamiento hasta su fallecimiento en 2008, dice la sala. Los magistrados analizan los indicios que llevan a la declaración de culpabilidad de Txeroki, entre ellos las huellas dactilares del condenado que se hallaron en dos albaranes de la empresa de paquetería desde donde se mandó la bomba, SLT, así como en varios objetos encontrados en la casa donde vivían los tres etarras del comando.
Además de la pena de prisión y las indemnizaciones, el tribunal le impone al acusado, una vez alcanzada la libertad, la prohibición de aproximarse a menos de 50 kilómetros de la víctima y su hermana, así como de comunicarse con ellas por cualquier medio por un periodo de cinco años.