¿Estado de alarma o de excepción?
Debate clave en el Constitucional sobre si fue legal el confinamiento durante la primera ola de la pandemia
Los magistrados debaten si debió aplicarse estado de alarma o de excepción para tomar medidas tan drásticas como las restricciones decretadas en marzo de 2020 por el COVID-19.
El pleno del Tribunal Constitucional debate sobre la constitucionalidad de algunos aspectos del primer decreto de estado de alarma que aprobó el Gobierno para luchar contra la pandemia.
Entre los magistrados hay diversos puntos de vista. Según fuentes jurídicas consultadas por laSexta, tres magistrados del Constitucional se han pronunciado a favor de la ponencia del juez Pedro González, que apuesta por declarar ilegal ese primer estado de alarma y dar la razón a Vox. Esta línea considera que para restringir la libertad de circulación era necesario el estado de excepción.
Sin embargo, otros dos magistrados se han pronunciado en contra. Por el momento, no se ha decantado la vicepresidenta del Tribunal, Encarnación Roca, que podría inclinar la balanza hacia uno u otro extremo.
Expertos en derecho constitucional afirman que la herramienta del estado de alarma fue correcta. Según Javier Tajadura, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad del País Vasco, "el estado de alarma es para crisis naturales como puede ser una epidemia, mientras que el estado de excepción es para crisis de orden público".
Sin embargo, admite, "probablemente el Gobierno se excedió en las medidas, en la medida en que el confinamiento absoluto de la población no es una limitación de derechos, sino una suspensión, por eso ese confinamiento puede ser decretado inconstitucional".
Por eso, más allá de los que decidan los 11 magistrados, creen que se debe modificar la ley que lo regula. "La ley del 1981 ha demostrado una cierta fatiga de materiales, una cierta desconexión respecto a este tipo de circunstancias", ha explicado Ana María Carmona, catedrática de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla.
En cualquier caso, si decidiera que es inconstitucional, no cabrían futuras reclamaciones por los perjuicios del confinamiento, sino que solo tendría efectos de cara al futuro.
La resolución que adopte el Constitucional tendrá que tendrá que tener en cuenta que fue aprobada por una amplia mayoría del Congreso, que es donde se refleja la representación popular y, tal y como expone Carmona, "las decisiones que aprueba el Parlamento gozan de la presunción de constitucionalidad".