Nueva sentencia
El Constitucional estima parcialmente el recurso de amparo de Magdalena Álvarez por el caso de los ERE en Andalucía
Así lo ha decidido el Pleno del Tribunal durante la mañana de este mismo miércoles con siete votos a favor y cuatro en contra, pertenecientes a ala conservadora.
El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el recurso de amparo de la exministra socialista y exconsejera de Economía de Andalucía, Magdalena Álvarez, condenada nueve años de inhabilitación por un delito continuado de prevaricación en el caso de los ERES de Andalucía. De esta manera, se aprueba con siete votos a favor y cuatro en contra la ponencia de la vicepresidenta, Inmaculada Montalbán, con lo que el TC ordena a la Audiencia de Sevilla que retrotraiga las actuaciones y dicte una nueva sentencia ajustada a derecho.
La postura de Montalbán coincide con el criterio de la Fiscalía, que a principios de año informó a la corte de garantías de que la eventual revisión de penas de los ERE solo debía afectar al delito de prevaricación "en relación con la elaboración y aprobación de los anteproyectos de ley de presupuestos" de Andalucía y su remisión al Parlamento autonómico.
Para la Fiscalía, en este extremo tanto la Audiencia Provincial de Sevilla como el Tribunal Supremo hicieron una interpretación excesiva del delito de prevaricación por tratarse del ejercicio de la iniciativa legislativa. Esta es la primera sentencia de los ERE por delitos de prevaricación -que solo conllevan condenas de inhabilitación- anulada al recoger un recurso de amparo, aunque es posible que pronto se sumen otras.
Y es que todos los condenados por los ERE han ido presentando recursos de amparo ante el Constitucional, que deberá reunirse en las próximas semanas para ir resolviendo estas cuestiones. Una de ellas será, por ejemplo, la condena a seis años de cárcel que recae sobre el expresidente de la Junta, José Antonio Griñán, por los delitos de malversación y prevaricación.
El Constitucional ha abordado el caso de Álvarez tras casi un año y medio de estudio. Los magistrados admitieron a trámite el recurso de amparo al entender que tiene especial trascendencia constitucional porque plantea "un problema constitucional que incide en derechos fundamentales sobre el que no hay doctrina del tribunal y porque suscitan una cuestión jurídica de relevante y general repercusión social y tienen unas consecuencias políticas generales", según una nota informativa del tribunal.
Eso sí, la votación ha tenido que repetirse debido al voto particular discrepante del ala conservadora del Pleno. Una práctica que ya se está convirtiendo en habitual en este tribunal. Cabe recordar que este mismo martes, el tribunal de garantías abordaba otro caso dentro de los ERE por delitos de prevaricación y malversación por los que condenaron al también exconsejero, José Antonio Viera, aunque en este caso fue rechazado.