Pandemia de coronavirus
¿Cuándo se empiezan a aplicar las nuevas restricciones para frenar los contagios por coronavirus?
Según el borrador de Sanidad, al que laSexta ha tenido acceso, las comunidades autónomas tienen que adoptar las medidas precisas en un plazo máximo de 48 horas si estas se aprueban en el Consejo Interterritorial.
48 horas. Ese es el plazo que tendrán las comunidades autónomas para aplicar las medidas sanitarias recomendadas por el Gobierno en caso de que estas se aprueben por mayoría -no por unanimidad- en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, que tendrá lugar este miércoles.
Según se recoge en el borrador publicado por el Ministerio de Sanidad, al que ha tenido acceso laSexta, "si ya existieran municipios que concurren las circunstancias previstas, la comunidad correspondiente adoptará los actos y disposiciones que resulten precisos en un plazo máximo de 48 horas desde en el momento en el que se produzca dicha notificación".
De aprobarse las recomendaciones publicadas en este borrador -medidas que recogemos más adelante-, se aplicarían en todos aquellos municipios de más de 100.000 habitantes con una incidencia de 500 casos o más por cada 100.000 habitantes en 14 días (salvo que al menos el 90% de los casos correspondan con brotes no familiares perfectamente identificados y controlados).
También se implementarán las restricciones si el municipio en cuestión presenta un porcentaje de positividad superior al 10% en los resultados de las pruebas de infección activa por COVID-19 en las dos semanas previas y si la comunidad autónoma a la que pertenece tiene una ocupación de camas en UCI por pacientes COVID-19 superior al 35%.
Asimismo, el borrador de Sanidad recoge que las medidas contempladas podrán ser revisadas por las autonomías y, en su caso, prorrogadas si persistieran las circunstancias que les han llevado a aplicarlas. En este sentido, cada región revisará semanalmente junto al Ministerio de Sanidad la situación epidemiológica de los municipios afectados por las restricciones.
Las medidas que se podrían aplicar
El Ministerio de Sanidad ha incluido en su borrador las medidas que se deberían aplicar en los municipios con mayor incidencia de casos de COVID-19. Unas restricciones que explicamos a continuación y estás enfocadas a la reducción de la movilidad, el control de los contactos sociales y la reducción de los aforos.
· Se restringirá la entrada y salida de los municipios afectados, salvo que los desplazamientos sean justificados: asistencia a centros sanitarios, cumplimiento de obligaciones laborales, asistencia a centros de estudio, retorno a la residencia habitual, desplazamiento a entidades financieras, cumplimiento de trámites ante órganos públicos u otras causas de fuerza mayor.
· Las reuniones, tanto en espacios públicos como privados, se reducirán a seis personas, salvo que sean convivientes o que se trate de una actividad laboral o institucional.
· Se suspenderá la actividad de los parques infantiles de uso público.
· El aforo en los lugares de culto tendrá que ser de un tercio, siempre que se garantice la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros. A los velatorios solo podrán acudir 15 personas si es un espacio al aire libre o diez, en un espacio cerrado, sean o no convivientes. Mientras la comitiva para el enterramiento o la cremación se restringirá a 15 personas.
· El aforo en los locales comerciales se reducirá al 50% y la hora de cierre no podrá superar las 22:00 horas, salvo las excepciones que se prevean.
· El aforo en los establecimientos de hostelería y restauración y de juegos y apuestas se verá reducido a un 50% en espacios interiores y a un 65% en espacios exteriores. El consumo en barra no estará permitido, la ocupación máxima será de seis personas por mesa y la distancia entre las sillas de las agrupaciones de mesas tendrá que ser de 1,5 metros. No se podrán admitir clientes a partir de las 22:00 horas y se cerrará antes de las 23:00, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.
· Las academias, autoescuelas y centros de enseñanzas no regladas también tendrán que reducir su aforo al 50%.
· En las instalaciones deportivas, tanto al aire como interior, el aforo será del 50% si es un espacio cerrado y del 65% si es un espacio abierto. Además, la práctica en grupos se reducirá a un máximo de seis personas. Las competiciones que estén bajo la tutela de Federaciones deportivas españolas tendrán que aplicar el protocolo de estas.
· Además, las comunidades autónomas con municipios afectados tendrán que reforzar sus capacidades para la detección precoz y el control de la enfermedad, así como en el ámbito de la atención sanitaria, de acuerdo a lo establecido en el Plan de respuesta temprana.