Recurre Josep Lluís Alay

La defensa de Puigdemont recurre el auto del juez de Tsunami que pide información a la OTAN y a la UE sobre el "bloqueo" del Prat

El juez García-Castellón pedía a la empresa Enaire, dependiente del Ministerio de Fomento, a la OTAN y a la Unión Europea que detallaran si la protesta afectó al tráfico aéreo y ofrecía acciones para personarse a la familia del turista francés fallecido.

La defensa de Carles Puigdemont, que también defiende al jefe de la oficina del expresident en Bruselas, recurre el auto del juez Manuel García-Castellón que ordenaba nuevas diligencias para esclarecer la toma del aeropuerto de El Prat que se produjo el 14 de octubre de 2019. En él, se justifica, entre otras razones, la causa por terrorismo en el caso Tsunami Democràtic que se atribuye a Puigdemont y Marta Rovira, así como la muerte del turista francés que se produjo durante esa protesta.

El juez pedía a la empresa Enaire, dependiente del Ministerio de Fomento, a la OTAN y a la Unión Europea que detallaran si la protesta afectó al tráfico aéreo y ofrecía acciones para personarse a la familia del turista francés fallecido. El jefe de la oficina del expresidente catalán, Josep Lluís Alay, ha recurrido el auto sobre el "bloqueo" del aeropuerto de El Prat para determinar si las incidencias que tuvieron lugar merecen la calificación de terrorismo.

En un recurso de apelación, al que ha tenido acceso laSexta, la defensa de Alay pide a la Sala de lo Penal que revoque esa resolución en la que el magistrado insiste en que lo ocurrido el 14 de octubre de 2019 en el aeropuerto de El Prat encaja en delitos de terrorismo porque se trata de un 'hub' aéreo, considerado por tanto "infraestructura crítica", con cuyo "bloqueo" se perseguía "desestabilizar gravemente el funcionamiento (...) de las estructuras económicas o sociales del Estado".

En ese auto el juez también ofreció personarse a la familia del turista francés fallecido de un infarto en los disturbios en el aeropuerto. El magistrado destacaba que, si bien la información recibida de los juzgados que investigaron la muerte y el informe forense hablaban de muerte natural por una afección cardiaca, este último indicaba también que "el diagnóstico de esta categoría está determinado tanto por los hallazgos patológicos como por el historial médico y de las circunstancias de la muerte".

"Precisamente, esas circunstancias fueron el colapso del aeropuerto, subrayaba García-Castellón. En el citado recurso, Alay expresa su "sorpresa y preocupación" por el hecho de que el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 continúe "actuando como si no se encontrase recusado por diversas partes".

laSexta/ Noticias/ España