Contra el estado de excepción
El duro voto particular contra la sentencia del Constitucional que declara ilegal el estado de alarma: "Crea un grave problema político"
laSexta ha tenido acceso al escrito de Cándido Conde-Pumpido, uno de los magistrados que participó en el pleno del TC que se ha mostrado más crítico: "El enfoque es del todo equivocado".
Cándido Conde-Pumpido es uno de los magistrados que votó en contra de la ilegalidad del estado de alarma. Y en su escrito, al que ha tenido acceso laSexta, se muestra muy crítico con el resultado de la decisión: a sus ojos, la ilegalidad del decreto del Gobierno "crea un grave problema político".
En su discurso, el juez resalta que la decisión del TC "desarma al Estado contra las pandemias", y además, según explica, el estado de alarma está precisamente para este tipo de situaciones: "Es el instrumento que la ley determina expresamente para hacer frente a las crisis sanitarias", espeta.
Conde-Pumpido también arremete contra los argumentos expuestos por los magistrados que votaron a favor, e incide en que la mayoría de la votación fue "escueta y frágil" —salió adelante por un solo voto—. En este sentido, uno de los puntos con el que se muestra más duro es con el eje principal en el que se ha apoyado el TC: para el juez, un estado de excepción, en ningún caso, será mejor para las libertades de la población que un estado de alarma.
Con esta franqueza lo dice: "Para los magistrados que sostienen la Sentencia, lo procedente hubiera sido hacer desparecer el derecho a la libre circulación (...) declarando el estado de excepción. Proponer que se garantizan mejor los derechos de los ciudadanos suprimiéndolos en lugar de restringiéndolos (...), es no entender el sistema de derechos fundamentales establecido en nuestra norma fundamental".
"Es un enfoque equivocado"
El voto particular insiste en que entender que durante el estado de alarma se suprimieron los derechos en lugar de limitarlos, como asegura el TC, es un error, y va más allá en su posición: "Considero que este enfoque es del todo equivocado. Restricción y suspensión son dos categorías jurídicas distintas", subraya.
Así, Conde-Pumpido incluso llega a ironizar con esta argumentación del Constitucional, alegando que "se trata de una curiosa concepción de los derechos fundamentales". " Los que la sostienen [la sentencia] afirman, erradamente, que su construcción serviría a una mayor garantía de aquellos, cuando es precisamente al contrario, pues su efecto es, como hemos visto, la supresión de las garantías constitucionales a cambio de la mera parlamentarización de su declaración". Con ello, se muestra totalmente en contra de los puntos en los que se ha basado el fallo, recordando que un estado de excepción es más restrictivo que uno de alarma.