Entiende que el juez se excedió

El TSJ de Madrid anula el auto que tumbaba las restricciones: vuelve la prohibición de fumar sin distancia

El tribunal estima el recurso de la Comunidad y anula la decisión judicial por la que se suprimían medidas para frenar el coronavirus como el cierre del ocio nocturno o la prohibición de fumar en la calle sin distancia interpersonal.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado el auto dictado por un juez de lo Contencioso que tumbó las medidas sanitarias para frenar el coronavirusen la región, entre ellas la prohibición de fumar sin distancia de seguridad o el cierre del ocio nocturno.

Estima, pues, el recurso interpuesto por el Gobierno autonómico contra la citada decisión judicial y avala así estas restricciones, que ya están de nuevo en vigor. La sentencia es susceptible de recurso de casación en el plazo de 30 días.

Por una parte, entiende el TSJM que la falta de publicación de una norma jurídica no afecta a su validez, en alusión al argumento empleado por el juez de lo Contencioso, que alegó que la orden de Sanidad a la que se remitía Madrid no había sido publicada en el BOE, algo que el tribunal ahora considera "irrelevante".

Además, el TSJM sostiene que no era necesaria la ratificación judicial de la recomendación de reducir los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia; como tampoco lo era la de la solicitud de facilitar los datos de los asistentes a un evento o de la limitación de las salidas de los usuarios de residencias.

El TSJM considera que el auto se excedió

La resolución asimismo recuerda que las autoridades sanitarias autónomicas pueden "adoptar las medidas y limitaciones sanitarias que consideren oportunas cuando concurren razones sanitarias de urgencia" siempre que estas estén justificadas y sean proporcionales.

Por este motivo, la sentencia apunta que la intervención de los tribunales solo será necesaria para ratificar esas medidas "cuando puedan implicar privación o restricción de la libertad o de otro derecho fundamental".

Considera, por tanto, que el juez de lo Contencioso incurrió en un "exceso" al pronunciarse sobre toda la orden y no solo sobre las medidas que podían limitar libertades o derechos fundamentales.

"Sobre estas concretas medidas sanitarias y no sobre la totalidad de las once adoptadas, debía el juez de instancia constreñir y adecuar su pronunciamiento, sin realizar una valoración general de la legalidad de la orden autonómica como, sin embargo, así hizo", dicen los magistrados.

La Comunidad de Madrid lamenta haber "perdido una semana"

El vicepresidente madrileño, Ignacio Aguado, ha reaccionado a la nueva decisión judicial lamentando que se ha "perdido más de una semana frente al virus por temas jurídicos". "Tener 17 legislaciones distintas hace muy complicado luchar de forma eficaz contra el COVID-19", ha criticado, a través de Twitter.

Por su parte, el consejero de Justicia, Enrique López, ha manifestado la "satisfacción" del Ejecutivo autonómico ante el fallo. "No es bueno generar confusión desde ningún tipo de Administración", ha señalado.

Además, ha aclarado que las medidas ya vuelven a estar en vigor y serán "de aplicación inmediata". "No hay que perder ni un minuto en proteger la salud pública", ha sentenciado.

laSexta/ Noticias/ España