¿QUÉ PASARÁ TRAS CONOCER LOS RESULTADOS?

Estos son los plazos que se abren tras el 21D y que podrían culminar en otras elecciones en mayo o junio

Finales de mayo o principios de junio, esa sería la fecha para una repetición de elecciones en Cataluña si los partidos no llegan a un acuerdo. Pero antes de llegar a ese extremo, los políticos catalanes tendrán varias opciones para formar un Gobierno.

Las elecciones del 21D son sólo el primer asalto de la contienda electoral. A partir del día 22 empieza a correr un plazo de 20 días hábiles para que se constituya el nuevo Parlament, lo que sitúa como fecha límite el próximo 23 de enero.

Una vez constituido empieza el segundo plazo, en el que antes de diez días hábiles que expirarían 6 de febrero se tiene que celebrar el primer debate de investidura.

Al final de ese debate se votará la investidura de un candidato, que necesita la mayoría absoluta del Parlament. De no conseguirla, el candidato se someterá a una segunda votación 48 horas después en la que bastará con la mayoría simple.

Si tampoco lo logra, algo que ya ocurrió la pasada legislatura cuando fracasó la investidura de Artur Mas, empieza a correr el tercer plazo.

Son los dos meses que contempla el artículo 67.3 del Estatut. Si antes de que expire, los partidos no consiguen negociar la investidura de algún candidato como sucedió con Puigdemont, el Parlament quedará automáticamente disuelto. En ese caso las elecciones se repetirían transcurridos 54 días, es decir, a finales de mayo o principio de junio.

La gran pregunta ahora es qué papel van a jugar en ese proceso los candidatos presos y los huidos. En principio, los presos no tienen problema porque con permiso del juez podrían recoger sus actas de diputados de ser elegidos, asó como votar en todo el proceso e incluso, en el caso de Junqueras, ser investido president.

Pero hay juristas que no tienen nada claro que el juez vaya a dar el permiso. Es el caso de Manuel Martínez Sospedra, catedrático de Derecho Constitucional, que no ve evidente que el juez vaya a dar esos permisos.

Los que se fueron a Bélgica lo tienen peor, porque pese a que ellos también podrían recoger el acta a través de un apoderado. Si nada cambia, lo que no podrán hacer es votar, ni en el caso de Puigdemont si saliera elegido, ser investido.

El Parlament tampoco permite el voto delegado salvo en caso de baja por maternidad o paternidad, enfermedad grave o incapacidad prolongada. Así que ni Puigdemont ni los otros cuatro exconsellers podrían votar. Son cinco votos que perderían los independentistas y con lo ajustado que se anticipa el resultado, no es descartable que se intente un cambio del reglamento o que corra la lista y los cinco queden fuera del Parlament.

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