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Te las explicamos

Estas son las nuevas restricciones en Madrid: reuniones de 6 personas y establecimientos cerrados a las 22:00 horas

El consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero, detalla las medidas avanzadas por Ayuso en cuanto a restricción de la movilidad y de aforos. Te las detallamos a continuación.

La Comunidad de Madrid ya ha especificado cuáles son las nuevas restricciones que se van a llevar a cabo en 37 zonas de salud de la región debido al empeoramiento de los datos del coronavirus. Sin embargo, hay que destacar que una de las medidas, la de la limitación de las reuniones a un máximo de seis personas, se aplica a toda la Comunidad de Madrid y no solo en estas zonas.

Las zonas afectadas cumplen tres requisitos. El primero de ellos es que tengan una incidencia acumulada en los últimos 14 días de 1.000 casos por cada 100.000 habitantes; que se mantenga estable o creciente; o que por su contigüidad geográfica facilite el control perimetral.

Estas son todas las nuevas restricciones:

- Se restringe la entrada y salida salvo desplazamientos adecuadamente justificados que se produzcan por asistencia a centros sanitarios, motivaciones laborales y profesionales, asistencia a centros docentes y educativos, retorno a la residencia habitual, cuidados a mayores, realización de exámenes, renovación de documentos y causas de fuerza mayor.

Además, se puede circular por estas zonas siempre que el desplazamiento tenga origen y destino fuera de ellas. Los residentes pueden desplazarse pero se desaconsejan las actividades no imprescindibles.

- La agrupación de personas se limita a un número máximo de seis personas tanto en el ámbito público como en el privado, salvo que se trate de personas convivientes. Esta medida afecta a toda a la Comunidad de Madrid, y no solo a las 37 zonas más afectadas.

- La asistencia a eventos religiosos se reduce a un máximo de un tercio de aforo y los velatorios podrán acoger a un máximo de 15 personas en espacios al aire libre o 10 en espacio cerrado.

- Todos los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público no podrán superar el 50% del aforo y tendrán como hora máxima de cierre las 22.00 horas, a excepción de establecimientos farmacéuticos, automovilísticos o considerados esenciales.

- En hostelería se reduce el aforo al 50% en interior y en exterior y se suspende el servicio en barra. El aforo máximo de las mesas será de seis personas y tras la hora de cierre se podrá realizar reparto a domicilio. Los locales de juegos y apuestas siguen las mismas restricciones.

- Se podrá realizar deporte al aire libre y espacios cerrados, pero la práctica grupal se reduce a un máximo de seis personas.

- Los aforos culturales en establecimientos como bibliotecas, cines o salas de conciertos se reducen también al 50%.

- Se suspende la actividad de parques y jardines al uso público.

laSexta/ Noticias/ España