TENDRÁ QUE INDEMNIZAR A LOS DEMANDANTES

Estrasburgo condena a España por imponer cárcel a dos manifestantes que quemaron una foto de los reyes

Los tribunales españoles impusieron a Enric Stern y a Jaume Roura una multa de 2.700 euros a cada uno para eludir la prisión por un delito de injurias a la corona, con la advertencia de que si no la abonaban se ejecutaría la condena a 15 meses de prisión.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó a España por imponer una pena de cárcel a los dos manifestantes que quemaron en Girona en 2007 una foto gigante de los reyes, que constituyó "una injerencia en la libertad de expresión que no fue proporcionada con el fin perseguido".

Los tribunales españoles impusieron a Enric Stern y a Jaume Roura una multa de 2.700 euros a cada uno para eludir la prisión por un delito de injurias a la Corona, con la advertencia de que si no la abonaban se ejecutaría la condena a 15 meses de prisión.

Ahora, el fallo unánime de la Corte europea condena a España a indemnizar a los demandantes con la misma cantidad que pagaron de multa, además de otros 9.000 euros en concepto de gastos y honorarios.

La sentencia entiende que imponer una pena de cárcel ("la reprobación jurídica más fuerte de un acto") por "un delito cometido en el ámbito del debate político" es contrario a la libertad de expresión. Se opone además a considerar los hechos como discurso del odio, ya que esa "interpretación demasiado amplia de la excepción" a la libertad de expresión "podría hacer peligrar el pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura".

Para el Tribunal de Estrasburgo, la protección de la libertad de expresión, recogida en el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, excluye el discurso del odio, ya sea por racismo, xenofobia, antisemitismo u otras formas de intolerancia. En este sentido, el tribunal europeo "no está convencido" de que el acto "pueda ser considerado razonablemente como una incitación al odio o la violencia". Añade que, tras la quema de la foto, "no hubo conductas violentas ni problemas de orden público".

Así, el fallo considera que el suceso "debe ser interpretado como la expresión simbólica de una insatisfacción y de una protesta", y no para "despreciar y vilipendiar la persona" del rey. Afirma la sentencia que el acto fue una "crítica hacia lo que el rey representa como jefe y símbolo del Estado y de las fuerzas que, según los demandantes, habían ocupado Cataluña". Los demandantes, con el rostro cubierto, prendieron fuego a una fotografía real de gran tamaño boca abajo, durante una manifestación convocada bajo el lema "300 años de Borbones. 100 años de lucha contra la ocupación española".

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