PERJUDICARON A LOS INVERSORES
Caso Bankia: la Fiscalía no descarta atribuir el delito de falsedad contable a los acusados
La fiscal Anticorrupción Carmen Laúna ha destacado en el juicio por la salida a Bolsa de Bankiaque los acusados eran "conscientes" de que en la información que aparecía en el folleto sobre el debut bursátil de la entidad financiera en julio de 2011 se "ocultó el estado real" de las cuentas, perjudicando así a los inversores.
Por esto mismo, no ha descartado que en su acusación definitiva, que se dará a conocer cuando finalice el juicio, incluya el delito de falsedad contable. Así lo ha dicho Laúna --que ha estado acompañada por el fiscal jefe Anticorrupción, Alejandro Luzón, quien se encargó de esta causa durante la instrucción-- durante su exposición en las cuestiones previas a la vista oral en la que ha realizado una serie de de "precisiones" con el fin de "evitar futuras alegaciones de indefensión por errónea interpretación del Ministerio Fiscal en el proceso".
La fiscal, que sólo acusa a cuatro de las 34 personas físicas y jurídicas que se sientan en el banquillo, ha asegurado ante el tribunal que preside la magistrada Angela Murillo que los responsables de Bankia en aquel momento "contribuyeron" y eran "conscientes" de que en dicho folleto se "ocultaron el estado real" de las cuentas para "provocar un desplazamiento patrimonial de los inversores".
En este sentido, Laúna ha recordado que el escrito de calificación vigente en este momento es provisional y que será una vez practicadas las pruebas y realizados los interrogatorios cuando su acusación sea definitiva, pudiendo ser ésta modificada. Así ha avisado que "cabría la modificación" y que los "hechos podrían ser subsumible en el delito de falsedad contable", como sí acusan algunas de las otras acusaciones a Rato y otros de las personas que se encuentran sentados en el banquillo.
Ha añadido que si esto llega a ocurrir "podría afectar a aquellas personas que en el auto de transformación de diligencias previas a procedimiento abreviado (el equivalente al auto de procesamiento) ha dirigido aquella responsabilidad". Mientras que el juez instructor Fernando Andreu propuso juzgar a 32 personas y a Bankia y a su matriz --Banco Financiero y de Ahorros, S.A.
( BFA)-- por el delito de falsedad en las cuentas anuales en los años 2010 y 2011 y por fraude de inversores; el Ministerio Público decidió acusar solo a Rato y tres de sus directivos, José Luis Olivas, José Manuel Fernandez Norniella y Francisco Verdú Pons, por el último de estas conductas penales.
Aún así, ha recordado que el Ministerio Público no han encontrado aún pruebas de "entidad suficiente" en el propio folleto y en los informes auditores sobre la situación financiera del banco para imputar el delito de falsedad de cuentas. Tras escuchar a la fiscal y las acusaciones particulares --hoy han asistido 13 de las 26 personadas--, le ha llegado el turno a Ignacio Ayala, abogado del principal acusado en esta causa, Rodrigo Rato, quien ha solicitado al tribunal poder aportar al procedimiento distintos documentos para garantizar el derecho de defensa de su cliente.
En primer lugar, Ayala ha solicitado al tribunal poder incorporar los informes que acreditan que el propio Rato adquirió más de 66.000 acciones de Bankia cuando la entidad salió a Bolsa en julio de 2011, con el objetivo de acreditar que confiaba en la operación bursatil.
También ha planteado aportar la transcripción de las comparecencias que se pudieron escuchar durante la comisión de investigación del Congreso sobre la crisis financiera. Para Ayala, lo que se dijo en la Cámara Baja y las conclusiones de la comisión resultan "relevantes" para el juicio de las irregularidades en la salida a Bolsa, las cuales unos meses más tarde llevaron al rescate de la entidad.
El letrado también considera importante aportar al procedimiento un ejemplar del documento sobre la crisis financiera y bancaria en España que está publicado en la página web del Banco de España. Por último, y como ha pedido también el resto de abogados de los acusados, ha solicitado al tribunal que exima a su cliente de asistir a las sesiones del juicio en las que no sea necesaria su presencia, una vez que ya haya prestado declaración. Está previsto que la vista oral se prolongue durante siete meses, hasta el próximo junio.