El ala socialista muestra frustación

División por la reforma de la ley de 'Solo sí es sí': el PSOE se muestra a favor y Podemos, en contra

La ministra María Jesús Montero ha asegurado que "evidentemente" el objetivo de esa norma no era atenuar las condenas y ha indicado que habría que estudiar tanto las sentencias para ver en qué cuestiones se amparan como "el propio texto legal".

En breve

La parte socialista del Gobierno ha mostrado su frustración ante la rebaja de penas por violación y abuso sexual a algunos condenados por estos hechos tras la entrada en vigor de la ley 'Solo sí es sí'. La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha dicho que está claro que la ley "no cumple con el objetivo que se había marcado" y deja abierta la puerta a su modificación.

En este sentido, ha abogado por estudiar "con detenimiento" tanto las sentencias que han rebajado la pena a agresores sexuales a menores como la propia ley de 'Solo sí es sí', porque "evidentemente" el objetivo de esa norma no era atenuar las condenas.

Montero ha hecho estas manifestaciones a los periodistas en los pasillos del Senado después de conocerse las primeras decisiones judiciales que rebajan condenas a agresores sexuales en aplicación de la ley del solo sí es sí.

"Tras algunas sentencias que se han dictado al amparo de la ley, se requiere estudiarlas con detenimiento y estudiar el texto legal. Evidentemente no era el objetivo de la ley rebajar las penas con motivo de abusos a menores, sino todo lo contrario", ha recalcado María Jesús Montero. Y ha insistido: "Habría que estudiar tanto las sentencias para ver en qué cuestiones se amparan, y el propio texto legal".

Podemos no contempla revisar la ley

Fuentes de la formación morada aseguran a laSexta que la ley pasó por Fiscalía y Consejo General del Poder Judicial y que ninguno de los organismos recomendó ningún tipo de revisión. Añaden además que la ley fue realizada por expertos juristas del Ministerio de Justicia y de Igualdad.

Para la parte de Podemos, el ejemplo más claro de la mala aplicación de las leyes es que con el anterior Código Penal se condenó a dos policías por agredir a una chica con penetración a dos años de cárcel y con un curso al considerarse abuso, algo que esta ley evita, dejando atrás condenas por abuso o sentencias como la de 'La Manada'.

"El problema no es la ley", esgrimen, urgiendo a mejorar la formación de los operadores jurídicos.

La delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell, ha defendido en cambio el texto legal y ha asegurado que el problema está en su interpretación por parte de los jueces. "No es un problema de la ley, es un problema de interpretación voluntarista judicial en contra de los avances del feminismo. El Gobierno hace su trabajo y lo hace muy bien proponiendo esta ley que es magnífica y el poder judicial tiene que hacer su trabajo formándose y aplicando la ley tal y como es, y no de una forma tan sorprendente".

En total, ya ha arrancado la revisión de una veintena de condenas por agresión sexual sólo en Madrid. Le norma defendida por la ministra de Igualdad, Irene Montero, está dejando un reguero de recursos tras la equiparación del delito de abusos sexuales con el de agresión sexual y la modificación de las penas aplicables cuyo tramo mínimo es menor del previsto anteriormente para las agresiones sexuales. Eso ha propiciado una cascada de recursos de condenados que tratan de acogerse a una legislación que les es más favorable y que puede suponer una reducción de las penas.

El CGPJ ya advirtió de los posibles riesgos

En febrero de 2021, el CGPJ advirtió de las dificultades que podría presentar la ley del sólo sí es sí al unificarse el delito de abuso y el de agresión sexual. En este sentido, afirmó que podría tener "un efecto de desprotección de las víctimas, pues para el autor del delito no tendrá mayores consecuencias emplear un medio comisivo más lesivo que otro de intensidad menor". Así, indicaba que "para evitarlo, sería necesario prever una modalidad agravada de agresión sexual cuando concurra un medio comisivo especialmente lesivo (claramente, con violencia, con amenazas), imponiendo la pena en su mitad superior".

Otro de los riesgos, exponía el poder judicial, sería el de "castigar con gran severidad conductas que presentan un menor grado de lesividad". Para evitarlo la ley contempla en el artículo 178.3 un tipo atenuado facultativo que permite al juzgador imponer una pena menos grave en atención a la "menor entidad del hecho". Sin embargo, este extremo, exponía el poder judicial, "adolece de imprecisión y falta de taxatividad, dejando un amplísimo margen interpretativo que podría comprometer el principio constitucional de legalidad penal".

Por este motivo, planteaba al Gobierno que se incluyera configurar este precepto como un tipo autónomo atenuado que vincule la "menor entidad" al acto sexual y excluya su aplicación cuando concurran circunstancias como la violencia, la intimidación o abuso de una situación de superioridad o vulnerabilidad de la víctima, el prevalimiento cuando el hecho delictivo se realiza sobre personas que se hallan privadas de sentido o abusando de su situación mental o que se realicen teniendo la víctima anulada por cualquier causa su voluntad.

Algunos penalistas ya advirtieron de que el fallo de la ley era no incluir una disposición transitoria en la que acotar los casos para optar a una revisión de condena. Así, señalan que en la disposición adicional transitoria se podría haber incluido tener en cuenta para el delito de agresión sexual las agravantes que no hacían falta para el abuso.

Cuatro penas reducidas

Por el momento, ya se ha hecho pública la rebaja de al menos cuatro penas por violación o abuso sexual. En concreto, se trata de un profesor de inglés condenado a seis años y 9 meses de prisión por abusar sexualmente de varios alumnos y elaborar pornografía infantil cuando les invitaba a su casa al que la Audiencia Provincial de Madrid ha rebajado su condena a 1 año y 9 meses de cárcel al dejar sin efecto las penas por abuso sexual continuado y mantener solo la pena de un delito de abuso sexual.

La Audiencia Provincial de Madrid también habría atenuado la pena de un condenado a 8 años de cárcel por abuso sexual con introducción de miembros corporales a un menor de 12 años cuya condena ha sido reducida a 6 años y 9 meses.

Además, un pederasta condenado por abusar sexualmente de la hija de 13 años de su pareja, fue condenado a 9 años de cárcel, pero ahora el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha reducido su condena a 6 años de prisión. En la Coruña, un hombre condenado por violar a una mujer que conoció a través de Tinder ha percibido una reducción de dos años en su pena por parte del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

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