PANDEMIA DE CORONAVIRUS
Guía para la nueva normalidad: normas y restricciones en cada comunidad autónoma
Toda España arranca este lunes el primer día laborable en la nueva normalidad y fuera ya del estado de alarma por la crisis del coronavirus. Las normas de la desescalada quedan en manos de las comunidades autónomas y cada una de ellas establece una serie de restricciones. Te explicamos cuáles son en cada territorio.
La reapertura de servicios e instalaciones clausurados durante el confinamiento, el reforzamiento del transporte público y la vuelta de espacios icónicos, como la Biblioteca Nacional (BNE), que reabre sus exposiciones este lunes, serán algunas de las novedades del primer día laborable de la nueva normalidad tras la crisis del coronavirus.
Será bajo una maraña de normativas autonómicas, puesto que son ahora las administraciones regionales las que tienen la potestad reguladora en las medidas de prevención para contener y acabar con la enfermedad.
Por regla general, los gobiernos regionales han establecido aforos similares, situados en el entorno del 75%, una distancia mínima interpersonal y restricciones en el ocio nocturno.
Comunitat Valenciana
Mantiene con carácter general el aforo del 75% y la distancia mínima de seguridad de 1,5 metros. En velatorios y entierros el límite máximo será de 25 personas en espacios cerrados, y de 50 personas si es al aire libre o en la comitiva para la despedida de la persona fallecida.
Se permite la asistencia a lugares de culto, siempre que no se supere un 75% de su aforo. También ceremonias nupciales y otras celebraciones religiosas podrán realizarse con un aforo del 75%.
Se permite ir a las playas en grupos máximo de 15 personas, excepto en el caso de personas convivientes. En las zonas de estancia de los usuarios, se debe establecer una distribución espacial para garantizar la distancia de seguridad de al menos dos metros entre los usuarios mediante señales en el suelo limitando los espacios.
Aquí puedes consultar las normas y restricciones que impone este territorio en la 'nueva normalidad'
Andalucía
El aforo permitido en el interior de bares y restaurantes es del 75% y del 100% en las terrazas, manteniendo la seguridad de un metro y medio y con una concentración máxima de 25 personas por mesa.
En los hoteles y apartamentos turísticos pueden ocuparse las zonas comunes, como salas de reuniones y comedores hasta el 50%, mientras que los conciertos al aire libre tendrán una capacidad máxima de 1.500 personas en el exterior.
Asturias
Permitirá la apertura de discotecas, con la mitad de aforo y sin que se pueda bailar, y de los parques y zonas de juego infantiles, y elimina también las restricciones de aforo que hasta ahora había en bares y restaurantes, aunque seguirá siendo necesario respetar la distancia mínima de seguridad de metro y medio.
La mascarilla es de uso obligatorio en actividades de turismo activo y naturaleza en grupos que no podrán sobrepasar las 25 personas, aunque no lo es para la actividad al aire libre que no requiera contacto físico.
Aragón
Ha fijado también un aforo del 75% -salvo en los locales de ocio nocturno, que será del 50%-, distancia social de metro y medio, uso de mascarillas en espacios cerrados y al aire libre cuando no sea posible mantener esa distancia y la higiene de manos y prohíbe además la celebración de fiestas patronales hasta el 30 de septiembre.
En cuanto al ocio juvenil, mantiene las restricciones de acampada con tiendas de campaña, permite los campos de trabajo con límite de 20 participantes y las colonias con pernoctación en albergues desde los 12 años, con grupos de 50 personas, aunque las actividades se harán en grupos menos numerosos.
Se permiten las colonias urbanas para todas las edades y se amplían los aforos en las piscinas a un 75% (estaban a un tercio), mientras que en las zonas de juegos infantiles se permiten todas las actividades al aire libre, "siempre con condiciones de higiene y limpieza y distancia social".
Baleares
Ha acordado limitar el horario de apertura de los locales de ocio nocturno hasta las 2 de la madrugada, siempre con la pista de baile inhabilitada, y no permite abrir a los locales con aforo superior a 300 personas.
Además prohíbe abrir los locales de ocio nocturno en las zonas de la Playa de Palma, Magaluf y el West End de Ibiza. En esas zonas solo pueden abrir los locales que tengan actividad de bar, cafetería y restaurante, y se permite la apertura de terrazas exteriores a cualquier local siempre que estén autorizados previamente con aforo máximo de 100 personas sentadas y manteniendo la distancia de seguridad entre las mesas.
Canarias
No permite eventos con más de 1.000 personas al aire libre o de 300 en espacios cerrados, unque en bares, restaurantes y alojamientos turísticos no hay límite de aforo, salvo el que dicte la obligación de mantener una distancia interpersonal de 1,5 metros, y en las playas se deberá asegurar también la distancia entre personas.
Cantabria
Ha fijado un aforo de un 75% en bares, restaurantes, establecimientos de hostelería, tiendas, centros comerciales, bibliotecas, centros culturales o monumentos, y prohíbe las fiestas, verbenas y eventos populares hasta el 8 de julio.
La norma cántabra también regula las playas y la apertura de los parques infantiles. En el caso de los parques, deben desinfectar las instalaciones.
Castilla-La Mancha
El aforo en establecimientos y actividades es también del 75%, con la excepción del pequeño comercio, que no tiene limitación, así como las terrazas al aire libre, que podrán estar al 100%. Castilla-La Mancha también recomienda no celebrar fiestas, verbenas, festejos taurinos y otros eventos populares hasta el 15 de julio.
También se podrá acudir a velatorios con un límite máximo de 50 personas en espacios al aire libre o 25 personas en espacios cerrados, sean o no convivientes. En el caso de entierros e incineraciones, se restringe a un máximo de 50 personas y se podrá asistir a lugares de culto siempre que no se supere el 75% del aforo.
Castilla y León
No permite fiestas populares, establece aforos en los bares y distancia social o uso de mascarilla. El deporte no federado y al aire libre puede realizarse siempre que no conlleve contacto físico, mientras que en las instalaciones deportivas el aforo está limitado al 80%.
También podrán abrir las piscinas con la restricción del 75% del aforo. Las discotecas, sin embargo, no podrán tener más de un tercio de ocupación.
Cataluña
El departamento de Interior ha aconsejado que no se abran las playas en San Juan para evitar fiestas masivas y que los ciudadanos opten por verbenas en grupos inferiores a veinte personas, mientras que un decreto regula la distancia mínima de seguridad de 1,5 metros, el uso obligatorio de la mascarilla o la higiene de manos.
Hasta el día 25 se establece un aforo del 50% en los locales cerrados y del 75% en los que están abiertos. Tras el 25 de junio, cambian los porcentajes de aforo, con un máximo de una persona por cada 2,5 metros cuadrados.
Comunidad de Madrid
Ha fijado un aforo máximo en espacios cerrados del 60% hasta el 5 de julio, mientras que a partir del 6 de julio comienza una nueva fase de desescalada en la que el aforo será del 75%.
Otras medidas que contempla el decreto son mantener las discotecas cerradas en la primera etapa; un 50% de ocupación en las piscinas recreativas y se podrán realizar actividades de turismo activo. Asimismo las instalaciones funerarias en todas las áreas de acceso público no podrán superar el 75% de su aforo, mismo porcentaje que se rige en la asistencia a lugares de culto y en bodas y otras celebraciones de culto.
Euskadi
En el País Vasco no habrá límite de aforo siempre y cuando se pueda garantizar 1,5 metros de distancia interpersonal. Sin embargo, en zonas comunes (como pasillos o pequeños espacios lúdicos de parques comerciales) se mantiene el 60% de aforo, mismo porcentaje para actividades socioculturales y para locales de ocio nocturno y discotecas, que no contarán con pistas de baile.
Sobre la celebración de eventos deportivos durante la nueva normalidad en Euskadi, será el Consejo Superior de Deportes quien decida sobre los eventos deportivos previa consulta de la comunidad autónoma. Los límites máximos serán del 60% de aforo, con un máximo de 1.000 personas al aire libre y con un máximo de 300 en el interior. Además, se permite el uso de parques y zonas deportivas de uso público siempre y cuando el aforo esté limitado.
Por su parte, los velatorios podrán llevarse a cabo en instalaciones, públicas o privadas, debidamente habilitadas con un límite máximo, en cada momento, de 65 personas en espacios al aire libre o de 30 personas en espacios cerrados sean o no convivientes. Además, la participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de 75 personas, sin contar al ministro de culto o persona que oficie la ceremonia.
Extremadura
El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado este domingo en un número extraordinario las medidas básicas de prevención en materia de salud pública para evitar el coronavirus. Se prohíbe la celebración de fiestas, verbenas, desfiles profesionales y otros eventos populares hasta el 31 de julio.
Galicia
La primera comunidad en instalarse en la "nueva normalidad" tiene la regla básica del 75%, lo que significa que los locales comerciales no superan este porcentaje del aforo, y tampoco los mercadillos, las piscinas, las comitivas fúnebres, ni los teatros, cines y auditorios. Las terrazas sí pueden llegar al 80%.
Limita a una persona cada cuatro metros cuadrados el aforo en parques públicos infantiles y similares.
La Rioja
La región riojana impone para velatorios y entierros un límite de 75 personas si son en espacios al aire libre, o del 75% del aforo en espacios cerrados. A los entierros podrán asistir un máximo de 75 personas y se debe mantener la distancia interpersonal de un metro y medio o utilizar mascarillas. También está permitida la asistencia a lugares de culto y celebrar bodas siempre que no se supere un 75% de su aforo y se respeten las medidas de seguridad e higiene.
El comercio minorista, centros comerciales y mercadillos podrán abrir con un límite de aforo del 75% (excepto en el primer caso, que no habrá límites), procurando la atención con servicio preferente para mayores de 65 años. Los establecimientos de hostelería y restauración situados dentro de un centro comercial se rigen por las mismas normas que en el exterior. Albergues, bibliotecas, museos y actividades culturales podrán llevarse a cabo con un aforo máximo del 75%.
Respecto a locales como bares y restaurantes no habrá límite de aforo tanto en terraza como en interior siempre que se asegure la distancia física de un metro y medio entre las mesas o grupos de mesas. Está también permitido el servicio en barra manteniendo la distancia de un metro y medio entre clientes o grupos de clientes. En el caso de los locales de ocio nocturno, se permitirá su puesta en marcha con un aforo permitido del 75% de la ocupación máxima autorizada, sin pista de baile y con mesas en su lugar.
Murcia
No limita el aforo máximo en las playas y la norma general de uso será mantener la obligada distancia de seguridad de un metro y medio entre los bañistas que no compartan unidad familiar.
Fija como norma general un aforo máximo del 75% en los establecimientos turísticos, hosteleros o culturales a partir de la finalización del estado de alarma.
Navarra
Eleva al 75 % del aforo de establecimientos, cumple con la distancia social de metro y medio como referencia y abre los parques infantiles, las escuelas del ciclo 0-3 años, los clubes de jubilados y los centros de día.