PANDEMIA DE CORONAVIRUS

Guía para salir con niños a la calle: de 9:00 a 21:00 horas y a una distancia máxima de un kilómetro desde el lugar de residencia

El BOE ha publicado la orden por la que el Ministerio de Sanidad autoriza que los menores de 14 años puedan salir a partir de este domingo una hora diaria a la calle, entre las 9:00 y 21:00 horas, a un máximo de un kilómetro de sus casas.

El Ministerio de Sanidad ha publicado la orden que regula las condiciones para los desplazamientos de los niños "menores de 14 años" a partir de este domingo, con el objetivo de aliviar las medidas a las que han estado sometidos y las posibles consecuencias negativas que esta situación conlleva para los menores.

Según establece el texto, los menores podrán salir a la calle a "dar paseos controlados" una vez al día y durante una hora en un entorno de un kilómetro como máximo alrededor del domicilio de residencia y siempre acompañados de un adulto con el que convivan o de un empleado del hogar que esté a cargo del menor.

¿En qué horario se podrá salir?

Los niños podrán salir a la calle en horario de 9:00 a 21:00 horas. En esa franja de 12 horas, los menores de 14 años podrán pasear a no más de un kilómetro de distancia de su casa.

Se recomienda evitar las horas punta en las que hay más gente por la calle para evitar aglomeraciones en la vía pública y rebajar así el riesgo de contagio.

El horario de salida de menores recorta en dos horas larecomendación previa de la Dirección General de Infancia, que aconsejaba un horario de 8:00 a 22:00 horas para salir con los niños a la calle.

¿Qué normas se deben respetar?

El Gobierno limita esas salidas de menores a una vez al día. Los niños podrán salir durante una hora y siempre acompañados de un adulto con el que convivan. Además, un mismo adulto puede acompañar durante el paseo hasta a tres niños o niñas.

El adulto que acompañe a los menores deberá convivir en el mismo domicilio que el niño o niña actualmente, o ser un empleado de hogar a cargo del menor. Cuando el adulto sea una persona diferente de los progenitores, tutores, curadores, acogedores o guardadores legales o de hecho, deberá contar con una autorización previa de estos.

Asimismo, la persona que acompañe al menor o a los menores, deberá permanecer atento en todo momento a los movimientos de los niños a los que acompañe y mantenerse a una distancia que le permita controlar a los menores a su cargo. Es importante además respetar distancia interpersonal con terceros de al menos dos metros.

También deberá cumplirse con las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias.

A su vez, queda totalmente prohibida la salida de menores o adolescentes con fiebre, que presenten síntomas, estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico confirmado por COVID-19 o estén en período de cuarentena domiciliaria por haber estado en contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticado de esta enfermedad.

¿Qué lugares están permitidos?

Según la orden publicada por el Ministerio de Sanidad, los niños podrán circular por cualquier vía o espacio de uso público, incluidos los "espacios naturales y zonas verdes autorizadas", siempre que se respete el límite máximo de un kilómetro con respecto al domicilio del menor.

Sin embargo, no estará permitido el acceso a espacios recreativos infantiles al aire libre, así como a instalaciones deportivas.

La orden no menciona los juguetes de los que habló Iglesias

La orden del Ministerio de Sanidad no menciona expresamente los juguetes, como "pelotas o patinetes", de los que habló el vicepresidente del Gobierno, Pablo Iglesias, en la rueda de prensa de este jueves, cuando compareció junto al ministro de Sanidad, Salvador Illa, para explicar las condiciones en las que los menores podrían salir a la calle.

¿Qué pasa con las comunidades de vecinos?

El Gobierno no ha fijado una normativa clara en torno al uso de las zonas comunes en las comunidades de vecinos. No prohíbe el tránsito por estas zonas, pero tampoco establece unas reglas específicas.

No obstante, la administración de cada residencial tiene la potestad de decidir en torno al uso de sus instalaciones estableciendo, por ejemplo, un reparto de horarios para evitar aglomeraciones vecinales.

Se recomienda el uso de mascarillas

Para estas salidas se recomienda el uso de mascarillas tanto para adultos como para menores. Cabe recordar que los niños de hasta 12 años deben utilizar mascarillas especiales para ellos, que se dividen en tres tallas: de 3 a 5 años, de 6 a 9 años y de 10 a 12 años.

También es recomendable seguir una serie de normas para la colocación y retirada de estas mascarillas en los niños, tal y como se explica en esta guía que ofrece laSexta.com.

Resumen de las normas:

  • Solo permitidas a menores de 14 años
  • Solo una salida al día y de un máximo de una hora
  • Se podrá pasear por zonas verdes, siempre y cuando estén a una distancia máxima de un kilómetro desde el lugar de residencia
  • El horario permitido será de 9:00 a 21:00 horas
  • Un adulto podrá acompañar hasta tres niños o niñas como máximo
  • El adulto deberá convivir en el mismo domicilio que los niños o ser un empleado de hogar a cargo del menor
  • Se deben respetar las medidas y recomendaciones de distanciamiento social e higiene
  • No está permitido el acceso a parques, zonas infantiles e instalaciones deportivas
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