Tras la sentencia del Constitucional
Habla Pablo Fragoso, condenado por pedir la quema de la bandera de España en una protesta: "Nunca pronuncié esas palabras"
Pablo Fragoso afirma que no pidió la quema de la bandera de España durante una protesta en Ferrol, pero asegura que no se juzga eso, sino su libertad de expresión: "La sentencia implica que se me niegue el derecho al amparo".
El Tribunal Constitucional ha aprobado con un solo voto una sentencia que dicta que pedir que se queme la bandera de España no es libertad de expresión. Precisamente de eso es de lo que se acusa a Pablo Fragoso, sindicalista gallego, que participó en estas protestas en Ferrol en 2014. El joven fue denunciado por haber pedido a gritos, supuestamente, la quema de la bandera. Sin embargo, él lo niega.
"Nunca dije ni pronuncié esas palabras. De todas formas aquí no se juzga si las dije o no, sino el hecho de que se pueda encuadrar dentro del derecho a la libertad de expresión", ha aseverado.
La Justicia le condenó a una multa de 1.260 euros por cometer un delito de ultraje a la enseña nacional. Y ahora el Constitucional se ha pronunciado en la misma dirección. Una sentencia en la que se manifiesta, según el condenado, que no estaba amparado por la libertad de expresión: "Implica que se me niegue el derecho al amparo y que el Tribunal Constitucional queda muy dividido en su exposición".
Xesús y Cristina son otros dos manifestantes que estaban con el condenado ese día. Los jóvenes acudieron a la protesta para reivindicar los salarios de las limpiadoras de la base militar naval de Ferrol, y afirman que nunca escucharon ofensas a la bandera.
"Lo único que hacíamos era ruido, que eso a los militares, sobre todo al almirante, le parecía muy mal", ha explicado el sindicalista. Cristina Martínez, por su parte, ha aquejado que "porque se proteste porque a las trabajadoras no se les está pagando su salario se están perdiendo derechos".
El fallo, con seis votos a favor y cinco en contra, choca con el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo que ya consideró que las imágenes de la quema de la fotografía del rey en Girona eran un acto de libertad de expresión .
Según Jacobo Dopico, director del proyecto Libex.es, "el Tribunal Constitucional no puede exigir que los ciudadanos acrediten si las expresiones que utilizan son absolutamente necesarias para una protesta". Por eso, afirma que es una protesta que si es recurrida ante el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos, muy probablemente sea anulada. Ahora, el acusado espera el voto particular de los cinco magistrados que han votado en contra, que se conocerá en unos días.