descarta "un carácter prospectivo"

El juez Calama rechaza sacar de la causa contra Zapatero los pagos que recibió de una consultora para anular una multa contra una cementera peruana

Los detalles En el escrito al que ha tenido acceso laSexta, el magistrado ha descartado que la investigación tenga "un carácter prospectivo" y ha asegurado que "la investigación no se dirige a fiscalizar la vida" del expresidente.

José Luis Rodríguez Zapatero, durante la comisión por el 'caso Koldo' en el Senado, en marzo de 2026Eduardo Parra/Europa Press via Getty Images

El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha rechazado la pretensión de la defensa del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero de sacar de la causa los pagos que recibió de la consultora peruana Focus Social Research, según el escrito al que ha tenido acceso laSexta. Según la investigación, esos pagos provienen de su mediación para la anulación de una multa en Bolivia a una empresa del Grupo Gloria.

Calama ha descartado que la investigación tenga "un carácter prospectivo" y ha apuntado que "la aparición de las transferencias vinculadas a Focus Social Research SAC no es el resultado de una fiscalización indiscriminada de la vida del investigado José Luis Rodríguez Zapatero, sino la consecuencia natural del análisis de fuentes de prueba válidamente obtenidas en el marco de unas diligencias judiciales que ya estaban en curso y que, por su propia naturaleza, permiten que afloren hechos inicialmente no previstos pero dotados de verosimilitud delictiva".

"La prohibición de investigaciones prospectivas no impide que la instrucción avance, se profundice o se amplíe cuando los datos incorporados revelan nuevas líneas de indagación relacionadas con posibles delitos de tráfico de influencias, u otros ilícitos penales, porque la investigación penal no se define por el autor sino por los hechos que emergen de las diligencias acordadas", señala el escrito.

En esta línea, el magistrado ha apuntado que "no existe vulneración de derechos fundamentales" para Zapatero porque la información "procede de fuentes de prueba obtenidas con autorización judicial; su análisis no excede el marco de la investigación; no se ha producido intromisión ilegítima en la intimidad; y no hay rastro de una investigación general sobre la vida del investigado José Luis Rodríguez Zapatero".

De igual modo, señala que la instrucción "no puede ignorar indicios emergentes ni devolver informes que derivan directamente de la documentación incorporada a la causa".

"En definitiva, la investigación no se dirige a fiscalizar la vida de José Luis Rodríguez Zapatero, ni excede del marco judicialmente autorizado. La aparición de nuevos indicios obliga a este instructor a analizarlos y a determinar su conexidad, no a excluirlos por no haber sido previstos en el auto inicial de imputación", concluye.

La Agencia Tributaria aclara que investiga los años del periodo 2022-2024 y no 2002-2024

La Agencia Tributaria ha corregido a su vez el escrito que mandó al juez Calama sobre la actuación inspectora que inició sobre Zapatero y su familia y ha aclarado que investiga los años del periodo 2022-2024 y no 2002-2024, como señaló por error.

La Abogacía del Estado se personó en representación de la Agencia Tributaria en la pieza separada del caso Plus Ultra en la que se investigan las joyas halladas en una caja fuerte en la oficina del expresidente del Gobierno, valoradas en 1,3 millones de euros.

En un auto, el juez de la Audiencia Nacional hizo el ofrecimiento de acciones a la Agencia Tributaria como "potencial perjudicada" por los hechos investigados relativos a un posible delito contra la Hacienda Pública y delito de contrabando.

Según exponía el juez, la naturaleza de los hechos investigados "revela un perjuicio patrimonial directamente conectado con ingresos de titularidad estatal cuya gestión corresponde a la AEAT", lo que asegura que legitima para "ejercitar las acciones penales y civiles que resulten procedentes".

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