Vuelve a citarla a declarar
El juez Peinado imputa a Begoña Gómez dos nuevos delitos de apropiación indebida e intrusismo profesional
De esta manera, el juez admite a trámite la querella interpuesta por la asociación Hazte Oír, la cual hace referencia al software de la Universidad Complutense de Madrid.
El juez Juan Carlos Peinado ha imputado a Begoña Gómez por un delito de apropiación indebida e intrusismo profesional respecto al software de la Universidad Complutense de Madrid. Una decisión del magistrado al admitir la querella de la asociación Hazte Oír que recayó en otro Juzgado, pero que decidió inhibirse a favor de Peinado al instruir este la causa principal que la investiga por los delitos de corrupción en los negocios y tráfico de influencias.
Además en un escrito, que ha adelantado 'El Mundo' y ha podido confirmar laSexta, el juez vuelve a citar como investigada a la esposa del presidente del Gobierno el próximo 18 de noviembre al objeto de darle traslado personal de la querella recién admitida. No obstante, Peinado ha rechazado investigar a Gómez por los delitos de malversación de caudales públicos y administración desleal que se exponían en el escrito de Hazte Oír.
Respecto al delito de apropiación indebida, Peinado recoge en su resolución que de la aportación de documentos "que podrían justificar la investigación por ese tipo delictivo (...) se podría inferir, a priori" que Gómez -vinculada como codirectora de la Cátedra de Trasformación Social Competitiva- "habría inscrito a su favor la marca TSC Transformación Social Competitiva". Además, Peinado observa que de estos documentos también se podría inferir que el software "había sido financiado por empresas, pero siempre para la Universidad".
Por otro lado y sobre el delito de intrusismo profesional, Peinado observa que Gómez elaboró y redactó "los pliegos de prescripciones técnicas para la contratación, por parte del Rectorado de la Universidad Complutense de Madrid (...) para la creación de una Plataforma de gestión y medición de impacto para la pequeña y mediana empresa" en la institución académica.
En esa línea, el juez detalla que en ese pliego -aportado por la parte querellante- "entre otras cuestiones se recoge la oferta, por, parte de la UCM, de facilitar un Stack tecnológico sin que exista una justificación, por su parte". Además, sostiene que en este documente "se recogen unas características de prestaciones, experiencia y requisitos profesionales, para el potencial adjudicatario" que Gómez "no ha acreditado".
Ante esta nueva resolución de Peinado "cabe interponer recurso de reforma y subsidiario de apelación" en el plazo de "tres días" desde la notificación, "o bien, recurso de apelación directo" en uno cinco.