En una providencia

La jueza cita como imputado a Miguel Ángel Rodríguez, jefe de gabinete de Ayuso, por difundir datos de dos periodistas

Los detalles El jefe de gabinete de Isabel Díaz Ayuso difundió datos personales de dos periodistas de 'El País' que trabajaban en una información sobre el ático de Alberto González Amador, el novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid.

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, y su jefe de gabinete, Miguel Ángel Rodríguez, Europa Press

Miguel Ángel Rodríguez tendrá que declarar como investigado ante la jueza por difundir datos personales de dos periodistas que trabajaban en una información sobre Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso, y el presunto fraude fiscal por el que se encuentra procesado.

En una providencia a la que ha tenido acceso laSexta, la titular del Juzgado de Instrucción número 25 de Madrid cita para el próximo 6 de mayo al jefe de gabinete de la presidenta de la Comunidad de Madrid, así como a los dos periodistas perjudicados y a un testigo.

Del mismo modo, la jueza ordena que la Unidad adscrita de la Policía Nacional, que presta servicio de escolta a Díaz Ayuso, identifique a los agentes que ese día estaban de servicio, ya que los policías de la escolta de Ayuso identificaron a los periodistas señalados después por Miguel Ángel Rodríguez en la calle. Posteriormente, difundió sus datos personales e incluyó la fotografía de ambos.

La mano derecha de Ayuso difundió en un chat con 18 contactos que los dos periodistas de El País habían estado "acosando a los vecinos" de la presidenta Ayuso.

El PSOE denunció a Miguel Ángel Rodríguez por revelación de secretos, denuncia que fue seguida por una querella por el citado medio y sus dos periodistas. Se acusaba al jefe de gabinete de Ayuso de exponer los datos de los reporteros de forma delictiva, acusando a Rodríguez de extraer los datos de forma irregular.

La Audiencia de Madrid ordenó admitir la querella por revelación de secretos el pasado 3 de marzo. Según el auto, para justificar que el querellado remitió tales mensajes, la parte querellante aportó un recorte periodístico de una entrevista efectuada al primero el día 30 de marzo de 2024 en el diario El Mundo (folio 61) donde se le preguntó la razón por la cual difundió la identidad y la foto de dos periodistas de El País y éste respondió que "porque estaban acosando a menores, entregándoles su tarjeta de visita para que les llamaran. Eso no se hace. Eso no es periodismo. Ojo: la identidad la desvelé a 18 personas. Nada más".

Recuerda el auto que, según el artículo 5.5 de la Ley de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado (Ley 2/1986), los miembros de dichos cuerpos deberán guardar riguroso secreto respecto a todas las informaciones que conozcan por razón o con ocasión del desempeño de sus funciones. Por lo tanto, los datos de los periodistas que un agente de policía recibió en un primer momento tenían un indudable carácter reservado y por ello mismo, se debe investigar si en la divulgación de los mismos existió infracción penal. "Es pertinente averiguar cómo, cuándo y por qué llegaron los datos de los periodistas al querellado y si éste efectivamente divulgó los mismos", añadía el auto.

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