Más de tres años después de las elecciones
La Junta Electoral emplaza a Puigdemont a recoger su acta en Madrid para ser eurodiputado
La Junta Electoral Central afirma que el expresident catalán no ha adquirido "la condición plena" de eurodiputado, al no haber acudido al Congreso para jurar o prometer la Constitución.
La Junta Electoral Central (JEC) ha invitado al expresident catalán Carles Puigdemont a acudir al Congreso de los Diputados a prometer o jurar la Constitución para poder recibir su credencial como eurodiputado, algo que no hizo tras ser elegido por encontrarse prófugo de la Justicia española, al igual que otros tres independentistas catalanes.
La JEC responde así a una petición de la presidenta del Parlamento Europeo, Roberta Metsola, que le pidió confirmar si Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí, también de JxCAT, así como Jordi Solé, de Esquerra Republicana, están en la lista de los 59 cargos que fueron proclamados electos en las elecciones europeas de 2019.
Tras esos comicios, la JEC reconoció a Puigdemont, Comín, Ponsatí y Solé como eurodiputados electos, pero no les incluyó en la lista que debe mandar a Bruselas dado que no acudieron al Congreso para jurar o prometer la Constitución ante la Junta.
En el acuerdo adoptado este jueves, el organismo argumenta que la credencial de estos cuatro eurodiputados electos "no se ha podido expedir" por la "voluntad explícita de los afectados" de "no cumplir" los requisitos de la legislación española para adquirir la condición plena de diputados.
Agrega que, dado que debe "actuar con sometimiento pleno a la ley", no puede suplir la omisión "voluntaria" de estos requisitos, que, en cambio, sí pueden solventar los afectados "acudiendo a cumplir el mismo requisito que han formalizado los otros cincuenta y cinco diputados electos por el Reino de España".
La JEC explica en su escrito cada uno de los cuatro casos de forma individualizada para concluir en todos que no han adquirido "la condición plena de diputado al Parlamento Europeo" y, como señala la Ley Electoral, su "escaño debe quedar vacante temporalmente hasta que se produzca ese acatamiento, con la consiguiente suspensión de sus derechos y prerrogativas".
Además, recalca que el Tribunal Supremo ha amparado su actuación cuando los independentistas afectados han impugnado sus decisiones, unas sentencias que Puigdemont y Ponsantí también han recurrido ante el Constitucional, que no ha resuelto al respecto.
La JEC recuerda además que la Eurocámara decidió reconocer "de hecho" a Puigdemont y los otros tres dirigentes independentistas como eurodiputados "sin oír a la Junta Electoral Central" y contra su criterio, pese a no tener competencias para resolver controversias del derecho nacional, como reconoció una sentencia del Tribunal General de la Unión Europea el pasado 6 de julio.