Audiencia de A Coruña

La Justicia obliga al Estado a devolver los bienes del Pazo de Meirás a los Franco y a indemnizarles

El tribunal da la razón a los Franco y dice que la Administración no reclamó los bienes que estaban en el interior del Pazo de Meirás, por lo que tendrán que devolverlos.

Victoria de los Franco. El Estado tendrá que devolver todos los bienes que se encontraban en el interior del Pazo de Meirás. La Audiencia de A Coruña anula las medidas cautelares que estableció la jueza de primera instancia y da la razón a los Franco. Dice que la Administración no reclamó los bienes que estaban en el interior del Pazo de Meirás cuando se inició el procedimiento. Así, el Estado tiene que devolver todos esos bienes a los siete nietos del dictador. No obstante, deja la puerta abierta a que el Estado pueda iniciar otro procedimiento para intentar recuperarlos.

Además, el tribunal condena a la Administración a indemnizar a los Franco por los daños y perjuicios que les hubiese ocasionado la orden ahora anulada.

En la resolución, los magistrados explican que "únicamente se demandó, y así se estimó, un derecho de propiedad sobre una finca catastral", por lo que consideran "evidente" que el concepto de "inmueble por incorporación" nunca podría extenderse "a mesas, sillas, vajillas, alfombras o cuadros".

También señalan que, en este momento procesal, es decir, en el de la ejecución provisional de la sentencia que otorga la titularidad del pazo al Estado, no procede la discusión sobre a quién le pertenece el mobiliario, pues la Administración no lo reclamó en su demanda inicial.

La Audiencia Provincial, no obstante, deja abierta la posibilidad de que la Administración pueda demandar en otro pleito la titularidad de los muebles que considere propiedad de Patrimonio Nacional asignado al uso del jefe del Estado. Además, cabe interponer un recurso en casación ante el Tribunal Supremo. La Administración del Estado, a través de la Abogacía del Estado puede recurrir la sentencia.

Los jueces recuerdan que, de acuerdo con el artículo 703.1.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, quien está obligado a entregar la posesión de un inmueble tiene derecho a retirar los muebles no comprendidos en la ejecutoria de la sentencia. "Si la finalidad del Estado era evitar que pudieran desgajarse elementos arquitectónicos que deben considerarse parte del inmueble, nada obstaba a que hubiese solicitado que estuviese presente la comisión judicial cuando se procediese a la retirada del mobiliario", destaca el tribunal, quien añade que otra opción hubiese sido promover anticipadamente un incidente de ejecución "a fin de determinar qué elementos deben considerarse inseparables, como pudiera ser la discusión sobre un cruceiro, un hórreo o elementos pétreos del jardín, o un retablo u otros objetos, pero no establecer que no puede retirarse ningún mueble".

Los jueces afirman que, pese al depósito de los muebles solicitado por el Estado dentro del trámite de ejecución provisional de la sentencia, "en ningún momento la Administración anuncia una futura demanda postulando la propiedad de ese mobiliario". En este sentido, el auto aclara que para adoptar una medida cautelar tiene que estar vivo un litigio judicial (o manifestar que se presentará la demanda en plazo perentorio), lo que no sucede en este caso. Los magistrados recalcan que en el fallo de primera instancia "no se dice que los muebles sean propiedad del Estado, ni nunca se tocó esa cuestión en todo el litigio".

En el auto, el tribunal recuerda que solo las dos estatuas del Mestre Mateo están catalogadas como Bien de Interés Cultural, al tiempo que señala que la Ley de Patrimonio de Galicia "no establece ninguna pérdida de propiedad civil" por parte de los titulares de esos bienes por el hecho de estar catalogados. Los jueces destacan que en la demanda no se reivindica "un bien de interés cultural como conjunto formado tanto por bienes muebles e inmuebles" e indican que “ni existe esa declaración administrativa, ni es lo reconocido en sentencia".

Un extenso inventario

En el Pazo de Meirás se acumulan una gran cantidad de antigüedades y bienes. Tapices, hórreos, cuadros, retablos, esculturas ancestrales, un confesionario, una pila de agua bendita y muebles de un valor incalculable se encuentran en el extenso inventario. Entre ellos también destacan las estatuas del Pórtico de la Gloria, de la Catedral de Santiago de Compostela, la biblioteca de Emilia Pardo Bazán o un cuadro de Goya.

laSexta/ Noticias/ España