Medida cautelarísima
La Justicia suspende la orden del Gobierno de Canarias de no acoger a menores migrantes sin su autorización
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha adoptado esta medida de forma cautelarísima al considerar que la instrucción del Gobierno autonómico "puede comprometer los intereses de un colectivo especialmente vulnerable": los menores que llegan solos a las islas.
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha suspendido de manera cautelarísima la instrucción del Gobierno autonómico por la que ordenó a los responsables de los centros para menores llegados a las islas en patera que no aceptaran a ninguno más sin su autorización expresa.
La Sala de lo Contencioso Administrativo toma esta medida de manera urgente, sin escuchar aún las razones del Ejecutivo canario -que ahora dispone de tres días para alegar-, porque sus magistrados entienden que "puede comprometer los intereses de un colectivo especialmente vulnerable", el de los menores extranjeros solos. Una decisión judicial se une al auto por el que hace dos semanas ya suspendió también el protocolo de acogida aprobado por el Gobierno de Canarias el 12 de septiembre.
El TSJC deja así sin efecto provisionalmente, a petición de la Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado, el acuerdo del Consejo de Gobierno que preside Fernando Clavijo, con fecha del 2 de septiembre, que comunicaba a las entidades colaboradoras que "no recibieran nuevos migrantes con cargo a la comunidad autónoma salvo la previa comunicación de conformidad o la autorización expresa de las autoridades autonómicas" para "proteger el interés de los menores no acompañados que ya están atendiendo".
La Sala entiende que aplicar esa instrucción implica que los menores "no van a ser recepcionados de manera automática en los centros de acogida gestionados por las entidades colaboradoras contratadas por el Gobierno del Canarias, sino que esta recepción queda supeditada a la previa comunicación de conformidad o a la autorización expresa de las autoridades autonómicas competentes".
"Del texto del acuerdo se desprende, además, que la pretensión de la comunidad autónoma es que los menores queden bajo la guarda y custodia de lasautoridades estatales encargadas de su recogida en el mar y posterior identificación, suspendiendo la recepción de nuevos menores migrantes a cargo de los recursos autonómicos", añade.
Sin entrar aún en el fondo del asunto, que resolverá cuando dicte sentencia sobre el recurso interpuesto por la Red Española de Inmigración, el TSJC adelanta que, a su juicio, se trata de una "una medida que altera de manera sensible el procedimiento de entrega y asistencia de los menores migrantes no acompañados que hasta entonces se venía observando y cuya puesta en práctica puede comprometer los intereses de este colectivo especialmente vulnerable".
"De ahí que apreciemos la especial urgencia en la adopción de la medida", añade la sección provincial de Las Palmas de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC, que hace suyos expresamente los argumentos de la sección de Santa Cruz de Tenerife por los que se suspendió también el protocolo de acogida, a petición de la Fiscalía.
En ese auto de Tenerife, la Sala abogaba por dar prioridad "a un principio de elemental cautela" y recomendar a las dos administraciones en litigio, el Ejecutivo canario y el Gobierno de España, "la búsqueda de espacios de encuentro que propicien el logro de actuaciones coordinadas en el marco de un clima de lealtad y colaboración institucional". Para los magistrados, "se antoja indispensable para abordar el fenómeno de la inmigración irregular y su singularísimo impacto que tiene en el ámbito de la comunidad autónoma de Canarias".
Este martes, el Consejo de Ministros también decidió impugnar ante el Tribunal Constitucional ese acuerdo del Gobierno canario y su protocolo posterior al entender que atribuye al Estado competencias que son autonómicas -la primera acogida de los menores- y vulnera los derechos de los niños y adolescentes afectados.