Medidas antiaborto de Vox
Latido fetal y ecografías 4D para evitar abortos: ¿acoso o legalidad?
La Ley Orgánica de 2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo ya regula la información que la mujer que decide abortar debe recibir en un sobre cerrado. Pero la Ley de Autonomía del Paciente de 2002 reconoce el derecho del paciente a no ser informado.
La propuesta de Juan García-Gallardo, vicepresidente de la Junta de Castilla y León, para cambiar el criterio de la mujer que autónomamente ha decidido abortar se basa en ofrecerle una nueva cartera de servicios: Escuchar el latido del bebé a partir de la sexta semana de embarazo, hacer una ecografía 4D para que se implique emocionalmente con él al ver sus rasgos y gestos faciales, manos, dedos, y pies, y acceder a una atención psicológica específica con los equipos de salud mental. ¿Ayuda o acoso?
¿Qué dice la Ley?La Ley Orgánica2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo dice en su artículo 17 que "todas las mujeres que manifiesten su intención de someterse a una interrupción voluntaria del embarazo recibirán información sobre los distintos métodos de interrupción del embarazo, las condiciones para la interrupción previstas en esta Ley, los centros públicos y acreditados a los que se pueda dirigir y los trámites para acceder a la prestación, así como las condiciones para su cobertura por el servicio público de salud correspondiente".
Y que, en un sobre cerrado, toda mujer que opte voluntariamente por la interrupción de su embarazo dentro de las primeras 14 semanas, recibirá información de:
- Las ayudas públicas disponibles y cobertura sanitaria durante el embarazo y el parto
- Los derechos laborales vinculados al embarazo y la maternidad, las prestaciones y ayudas públicas para el cuidado y atención de los hijos e hijas; los beneficios fiscales y demás información relevante sobre incentivos y ayudas al nacimiento.
- Datos sobre los centros disponibles para recibir información adecuada sobre anticoncepción y sexo seguro.
- Datos sobre los centros en los que la mujer pueda recibir voluntariamente asesoramiento antes y después de la interrupción del embarazo.
No contempla dar información específica del feto como su latido, rasgos, formación de órganos, estado de la placenta o cantidad de líquido amniótico.
¿Pueden apoyarse en otro argumento jurídico? José Antonio Bosch, asesor jurídico de ACAI, Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción del Embarazo, así lo cree. Pueden referirse a la Ley de Autonomía del Paciente y los derechos de información. Esta ley de 2002 reconoce a los pacientes el derecho a conocer, con motivo de cualquier actuación en el ámbito de su salud, toda la información disponible sobre la misma. E información también es el latido del corazón, aunque quepa el debate de si es o no necesaria. Sin embargo, la misma ley en su artículo 4 punto 1 también regula el derecho del paciente a no ser informado: "Toda persona tiene derecho a que se respete su voluntad de no ser informada".
¿Qué dice el Ministerio de Sanidad? Que no van a permitir ninguna acción que atente contra la salud sexual y reproductiva de las mujeres. Y que lo que hay que garantizar es la ley estatal de 2010 que regula la interrupción del embarazo. Sobre ella, las comunidades autónomas puede hacer algún cambio que mejore o amplíe. Pero nunca en contra de la ley.
¿Puede considerarse acoso, según la reciente reforma del Código Penal? Recientemente, España ha aprobado una reforma del Código Penal impulsada por el PSOE para penalizar el acoso que sufren las mujeres en las puertas de las clínicas. La sobreinformación propuesta por García-Gallardo podría asemejarse al acoso que grupos de ultraderecha hacían en las inmediaciones los centros de interrupción del embarazo: rezos e insultos, y el ofrecimiento de escuchar el latido del corazón del bebé con equipamiento médico disponible en furgonetas. José Antonio Bosch duda que la iniciativa de Vox pueda ser tildada de acoso, al no ser insistente ni reiterada. Pero mantiene seguridad en que sí estaríamos hablando de coacción, al poner medios para cambiar el criterio de las mujeres.
La Federación de Asociaciones para la Defensa de la Sanidad Pública sí cree que se vulneran las leyes de autonomía del paciente, el derecho a la intimidad y el respeto a sus decisiones. Porque se trataría de un mecanismo de represión ideológica sobre ellas. Además de someterlas a una intolerable presión y humillación.