Acorde a la sentencia del TS
Los letrados del Congreso avalan la decisión de Meritxell Batet de retirar el acta a Alberto Rodríguez
En un informe, el letrado mayor de las Cortes Generales remarca que la presidenta del Congreso ha acatado la sentencia del Tribunal Supremo respecto a Alberto Rodríguez.
El Secretario General del Congreso de los Diputados y letrado mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén, ha publicado un informe en el que detalla los motivos para la inhabilitación del ya exdiputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez, respaldando la decisión de Batet de retirarle el acta de diputado.
En el informe, los letrados avalan la decisión de la presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, "en cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo, por la que debía declarar la pérdida de la condición de diputado de Alberto Rodríguez e iniciar los trámites conducentes a su sustitución".
En esta línea, el escrito recuerda que tras la petición de aclaración de sentencia que realizó la Mesa del Congreso de los Diputados al Tribunal Supremo, el Alto Tribunal insiste en que la pena es "de obligado cumplimiento".
El PSOE también ha mostrado su apoyoa la presidenta del Congreso por la decisión de retirar el escaño al miembro de Unidas Podemos, que ha anunciado que abandona la militancia política tras esta decisión.
Para Rodríguez, sin embargo, la sentencia "ha sido una cacicada a la voluntad popular y al pueblo canario", y por ello ha asegurado que hará todo lo que esté en su mano "jurídicamente" para que se demuestre su inocencia frente a la decisión del Alto Tribunal.
Además, frente a lo que se planteó en un primer momento, Alberto Rodríguez no presentará una querellacontra Batet, sino que recurrirá la sentencia ante el Tribunal Constitucional.
El Supremo le ha condenado a a una pena de un mes y 15 días de prisión conmutable por una multa de 540 euros por atentado a agentes de la autoridad tras propinarle una patada a un policía en 2014, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena.