Presidente de la Diputación de Ourense

Manuel Baltar fue cazado a 173 kilómetros por hora el mismo día que le multaron por ir a 215

Esta infracción se produjo unas horas antes de la que ya se conocía, en el término municipal de Allariz, y fue capturada por un radar de exceso de velocidad. Después, fue cuando la Guardia Civil paró su vehículo por ir a más de 200 kilómetros hora.

El presidente de la Diputación de Ourense y del PP provincial, Manuel Baltar, fuesancionado también por conducir a 173 kilómetros por hora en el mismo día que fue interceptado conduciendo a 215.

La infracción se produjo menos de una hora antes de la que ya conocíamos, por la A-52, a la altura del término municipal de Allariz, en Ourense.

En ese punto, donde la velocidad está limitada a 120 kilómetros hora, fue fotografiado por un radar por exceso de velocidad.

Baltar ha dicho este lunes desconocer esta segunda multa. En un breve comunicado remitido a los medios de comunicación, se indica que "ni a Manuel Baltar ni a la Diputación de Ourense les consta notificación de la infracción administrativa que recoge esta mañana un medio local", en alusión a la 'Ser de Ourense', que ha adelantado la noticia confirmada después por la Guardia Civil.

La nota añade que "en caso de recibir" dicha notificación se actuará por los cauces oportunos y, de ser así, "será abonada por el conductor del vehículo".

Los principales grupos de la oposición en la Diputación, tanto el PSOE como el BNG, han exigido la "dimisión inmediata" de Baltar por conducir de forma temeraria y por no ser claro cuando le han preguntado por las multas recibidas por el coche oficial.

Baltar se encuentra ahora pendiente de juicio por la infracción cometida a 215 kilómetros por hora. En esa vista, que se celebrará en el Juzgado de lo Penal de Zamora y que está fijada para el próximo día 31, después de las elecciones municipales gallegas, deberá responder por la presunta comisión de un delito contra la seguridad vial.

La Fiscalía solicitó la retirada de su permiso de conducir. Su representante legal ha recurrido al entender que, abonada la sanción administrativa, algo que sí hizo, no ha lugar a un juicio. No obstante, al superar en más de 80 kilómetros hora la velocidad máxima permitida, una vez establecido el margen de error del cinemómetro, el exceso de velocidad fue considerado delito contra la seguridad vial y las diligencias remitidas al juzgado.

En el momento en el que pararon el vehículo oficial conducido por el propio Baltar para identificar a su conductor, los agentes que realizaban el control de velocidad no disponían de la certificación del margen de error del medidor de velocidad, por lo que inicialmente le pusieron por el exceso de velocidad una multa de 600 euros, que con el pronto pago quedaron en 300, y seis puntos de detracción del carné.

laSexta/ Noticias/ España

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