Elecciones 29N
La mayoría del Constitucional afronta el debate sobre la 'ley de nietos' con la idea de rechazar el recurso del Defensor del Pueblo
Los detalles Según fuentes del Constitucional, a estas horas todo apunta a que no corregirán las cautelares del Tribunal Supremo que no permiten el voto de miles de nietos de exiliados.
Resumen IA supervisado
El Pleno del Tribunal Constitucional se ha reunido para evaluar las medidas cautelarísimas solicitadas por el Defensor del Pueblo, que busca revocar la suspensión de la inscripción en el censo de 163.020 electores nacionalizados bajo la Ley de Memoria Democrática. Sin embargo, la mayoría de magistrados consideran prematuro pronunciarse antes de que el Tribunal Supremo evalúe el fondo del asunto. Fuentes del Constitucional indican que es improbable modificar las medidas cautelares del Supremo, ya que el tema es competencia de la administración electoral y del orden Contencioso-Administrativo, por lo que el Constitucional no debe intervenir sin consultar a las partes.
* Resumen supervisado por periodistas.
El Pleno del Tribunal Constitucional se reúne hoy desde primera hora de la mañana y es muy probable que entren ya a valorar las medidas cautelarísimas solicitadas por el Defensor del Pueblo para revocar la suspensión de la inscripción en el censo de los 163.020 electores nacionalizados con la Ley de Memoria Democrática.
Como hemos contado desde la semana pasada, en esta ocasión la mayoría de magistrados del Constitucional consideran que es prematuro pronunciarse sobre esta cuestión antes de que finalice el procedimiento en el Tribunal Supremo, que aún no ha valorado el fondo del asunto.
Según fuentes del Constitucional a laSexta, es "muy poco probable, sobre todo por cuestiones de plazos", que desde el órgano se puedan modificar las medidas cautelares impuestas por el Tribunal Supremo para impedir la inscripción en el censo de los nacionalizados.
Estas fuentes consideran que el asunto es competencia de la administración electoral y del orden Contencioso-Administrativo en el Tribunal Supremo, por lo que no corresponde al Constitucional pronunciarse por las medidas solicitadas sin pedir opinión a las partes.