Circular por Madrid en 2022
La pegatina de DGT es obligatoria para circular por algunas zonas de la M30 de Madrid
Desde 2022 es necesaria la pegatina de la DGT para circular en zonas de la M30, según la normativa del Ayuntamiento de Madrid.
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La pegatina ambiental de la Dirección General de Tráfico (DGT) es necesaria para circular por algunas zonas de la M-30, una de las vías más transitadas de España y la única autovía española de la que es titular un ayuntamiento, el madrileño. En su esfuerzo por mejorar la calidad del aire y la protección de la atmósfera, el Ayuntamiento de Madrid puso en marcha en septiembre de 2021 Madrid Zona de Bajas Emisiones (Madrid ZBE). Se trata de una normativa que se está aplicando de forma progresiva en la capital desde el 1 de enero de 2022. Sin embargo, el propio organismo señala en su web que el régimen transitorio para facilitar a los ciudadanos el cumplimiento de la norma finaliza el 31 de diciembre de 2024. Este 2022 ha entrado en vigor la primera restricción, que obliga a los turismos a llevar el distintivo de la DGT, la dirección general del organismo del Ministerio del Interior, para poder viajar por toda la M30.
En ella se prohíbe la entrada por las vías públicas urbanas del interior de M-30 a los vehículos turismos con clasificación ambiental A de las categorías sin especificar, familiar o todoterreno, que no cumplan los siguientes requisitos:
Estar domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos de la DGT.
Figurar de alta en el Padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid.
De esta forma, los vehículos que cumplan estas condiciones podrán seguir circulando hasta el 31 de diciembre de 2024. Eso sí, siempre que mantengan el cumplimiento simultáneo y continuado de ambos requisitos. Esta medida despierta muchas dudas sobre el distintito ambiental de la Dirección General de Tráfico. Por el momento, los vehículos que no tengan la pegatina no podrán acceder a las calles que estén dentro del perímetro de la vía de circunvalación de la M30. De esta restricción quedan exentos hasta el 1 de enero de 2025 los destinados a distribución urbana de mercancías.
Sin embargo, a partir del 1 de enero de 2023 tendrán prohibido el acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, incluyendo también la propia M-30. Un año más tarde, el 1 de enero de 2024 tampoco podrán al resto de vías públicas y urbanas del municipio de Madrid. Ambas regulaciones afectarán a las personas que no tengan en su coche la pegatina ambiental de la DGT.
¿Cuál es la multa por no llevar la pegatina de la DGT en Madrid?
Los encargados de controlar los accesos al interior de la M30 serán los agentes de la autoridad. Éstos vigilarán y sancionarán los accesos indebidos al interior de la M30 y la circulación por Madrid ZBE. Hasta 2021, los dispositivos foto-rojos han sido los encargados de vigilar los accesos en su periodo de aviso. Durante este tiempo se ha enviado una comunicación de carácter meramente informativo a las personas titulares de los vehículos detectados accediendo indebidamente donde se explicaban las razones que han motivado la regulación de la Zona de Bajas Emisiones, la fecha prevista para su efectiva operatividad y la cuantía de la sanción que se impondrá cuando finalice este período informativo.
Los vehículos que incumplan 'Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)' y, que por tanto no lleven la distinción de la DGT, serán penalizados con una multa al tratarse de una infracción de tráfico. Serán sancionados con multa de 90 euros en aplicación de los artículo 18, 75.c) y 80.1 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LTSV), 45 euros en caso de pronto pago. Eso hasta el 20 de marzo de 2022, pues a partir del día siguiente les corresponderá una multa de 200 euros (100 euros si es caso de pronto pago). Será entonces cuando entre en vigor la Ley 18/2021, de 20 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre.
El Ayuntamiento de Madrid, titular de la M30, instalará próximamente un sistema de cámaras dotadas del lector OCR en las vías de acceso a la parte de la ciudad situada en el interior de M-30 para controlar los accesos: tendrá un período de aviso de 2 meses. Una vez finalice este tiempo de aviso el sistema se encargará del control automatizado y denuncia de los accesos a Madrid ZBE.
'Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)': fechas a tener en cuenta
- 1 de enero de 2022: queda prohibido su acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30.
- 1 de enero de 2023: queda prohibido su acceso y circulación por la M-30.
- 1 de enero de 2024: queda prohibido su acceso y circulación por todas las vías públicas urbanas del municipio de Madrid.
- 1 de enero de 2025: la prohibición de 2024 se extiende también para los turismos A (sin etiqueta) domiciliados en Madrid y que figuren de alta en el padrón del IVTM del Ayuntamiento de Madrid. Desde esta fecha, tampoco podrán acceder ni circular por la capital los vehículos A que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores) y que hasta el 31 de diciembre de 2024 no tenían restricciones.