Es ilegal en España
Prohibida toda publicidad de la gestación subrogada: así limita aún más esta práctica la reforma del aborto
La modificación de la ley aprobada en el Congreso permitirá eliminar, en las búsquedas a través de Internet, los anuncios que estén relacionados con la búsqueda de vientres de alquiler en el extranjero "por atentar contra la dignidad de las mujeres".
Si se buscan en internet las palabras "Gestación subrogada España", los primeros resultados que aparecen son anuncios de agencias de intermediación y de bufetes de abogados especialistas en buscar vientres de alquiler en el extranjero. Con la aprobación de la reforma de la ley del aborto dejará de ser así. Queda prohibida toda publicidad que fomente esta práctica, ya ilegal en España y considerada una forma de violencia contra las mujeres, y se realizarán campañas informativas para evitarla.
Así lo recogen los artículos 32 y 33 de la reforma de la ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, aprobada definitivamente este jueves en el Congreso con el objetivo fundamental de blindar el aborto en la sanidad pública y eliminar el permiso paterno para las menores de 16 y 17 años. "La gestación por subrogación o sustitución es el contrato por el que se acuerda la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero. Se promoverá la información, a través de campañas institucionales, de la ilegalidad de estas conductas, así como la nulidad de pleno derecho del contrato por el que se convenga la gestación", se recoge en el primer artículo.
En el segundo, relativo al su promoción y difusión, se dicta lo siguiente: "Las Administraciones Públicas promoverán la eliminación de cualquier tipo de publicidad que tenga por finalidad la mercantilización de la salud reproductiva por parte de terceras personas, por atentar contra la dignidad de las mujeres". Asimismo, en el segundo apartado se precisa que "se considerará ilícita la publicidad en medios de comunicación social, que se difundan por cualquier medio o soporte, que tenga como fin la promoción comercial de la gestación por sustitución".
Esta modificación va en la línea de lo dictado por la Justicia española: el Tribunal Supremo ha sentenciado en dos ocasiones, en 2013 y 2022, que esta práctica vulnera los derechos fundamentales de la mujer gestante y del niño gestado. Desde 2006 es nulo cualquier contrato por el cual una mujer se preste a gestar a un hijo para luego, con o sin precio, renunciar a la filiación materna y entregarlo al contratante o a un tercero. No obstante, los defensores de la gestación subrogada restan importancia a la prohibición de la publicidad de agencias intermediarias, pues, según han indicado en declaraciones a la agencia EFE, "la mayoría de las familias" no han recurrido a ellas "para acceder a un proceso de gestación por sustitución en países donde está regulado para extranjeros".