LOS DATOS DEL BOE

Estas son las excepciones en las que estaría permitido viajar entre provincias

El Boletín Oficial del Estado recoge una serie de situaciones excepcionales bajo las que se permite el movimiento entre provincias o islas aunque sigan activas las fases de la desescalada.

España continúa con su plan de desescalada frente a la epidemia de coronavirus que sigue azotando al país. En el marco de las fases implementadas por el Gobierno para reanudar las actividades socio-económicas que encaminan a la población a la ‘nueva normalidad’, siguen estando vigentes las restricciones de movilidad.

El Gobierno ha estipulado que sólo "la superación de todas las fases previstas en el Plan para la desescalada determinará que queden sin efecto las medidas derivadas de la declaración del estado de alarma en las correspondientes provincias, islas o unidades territoriales".

Esto quiere decir que, hasta que no finalice la fase 3 del plan de desescalada, no se podrán efectuar con cierta normalidad movimientos interprovinciales y entre islas, si bien es cierto que con la entrada en vigor de la fase 2 en gran parte del territorio nacional sí es posible moverse de un municipio a otro dentro de la misma unidad territorial.

¿Quiere decir esto que es imposible trasladarse de una provincia a otra en plena transición hacia la nueva normalidad? No. El Gobierno, a través de las especificaciones del Ministerio de Sanidad, también ha decretado una serie de excepciones por las que sí se permitiría viajar de una provincia a otra aun con las fases de desescalada vigentes.

Según aparece publicado en el BOE del 9 de mayo, "se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional". Las excepciones son las siguientes:

Por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales; para regresar al lugar de residencia familiar; para la asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad; por alegar una causa de fuerza mayor que obligue al movimiento; o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.

laSexta/ Noticias/ España