Diferentes restricciones según la Comunidad

¿Puedo reunirme con amigos en casa tras el fin del estado de alarma?

Tras el fin del estado de alarma, las diferentes Comunidades Autónomas han establecido diferentes restricciones en lo que respecta a las reuniones sociales. Repasamos cuáles son en cada lugar.

Con el final del estado de alarma, la mayoría de las Comunidades Autónomas han suprimido restricciones relativas a la movilidad, pero también a las reuniones sociales. Otros territorios, sin embargo, han optado por mantener sus limitaciones a las agrupaciones de personas o las han modificado.

Así, tras el final del estado de alarma, muchos ciudadanos se hacen preguntas como, por ejemplo, si ahora pueden reunirse con sus amigosen sus domicilios.

Repasamos cómo ha quedado la situación de las reuniones en cada territorio, teniendo en cuenta, en cualquier caso, la recomendación de limitarlas dentro de lo posible, mantener la distancia de seguridad, usar mascarilla en todo momento y llevar a cabo una correcta higiene y ventilación.

- Andalucía: con el fin del estado de alarma, la Junta elimina la regulación sobre el número de personas que se pueden reunirse en domicilios.

- Aragón: En el nivel de alerta 3, se establece un máximo de seis personas en las reuniones sociales en el ámbito privado y público, aunque se recomienda limitar los contactos al trabajo y la unidad de convivencia. En el nivel de alerta 3 agravado, se limitan a cuatro personas.

- Asturias: tras el fin del estado de alarma, deja de existir el límite de personas reunidas (antes era de seis personas como máximo).

- Baleares: se mantienen las restricciones a las reuniones sociales y familiares, limitadas a seis personas de dos núcleos de convivencia en interiores y a seis personas sin límite de núcleos en exteriores.

- Canarias: la Justicia ha avalado mantener las restricciones relativas a las reuniones del Gobierno canario, que queda como sigue, en función del nivel de alerta de cada isla:

a) Hasta el nivel de alerta 1, se establece un número máximo de 10 personas.

b) En el nivel de alerta 2, un máximo de 6 personas.

c) En el nivel de alerta 3, máximo 4 personas.

d) En el nivel de alerta 4, máximo 2 personas.

- Cantabria: las reuniones están limitadas a cuatro personas en interiores de zonas públicas y en espacios privados también se recomienda ese número.

- Castilla-La Mancha: el consejero de Sanidad de la Comunidad explicó que se recomienda que las reuniones en los domicilios se mantengan entre convivientes.

- Castilla y León: no hay límite de personas en las reuniones familiares y sociales.

- Cataluña: la Justicia ha respaldado que las reuniones sociales estén limitadas a seis personas, salvo convivientes, tanto en el ámbito público como privado. En espacios cerrados, incluyendo los domicilios, se recomienda que se restrinjan tanto como sea posible, que se limiten las visitas a personas con dependencia o en situación de vulnerabilidad, y que sean siempre de la misma burbuja de convivencia.

- Comunidad de Madrid: no hay límite a las reuniones en espacios públicos, pero se recomienda que sean de un máximo de seis personas. En domicilios y espacios de uso privado, se elimina la prohibición de reuniones de no convivientes, pero aún se recomienda que se limiten a las personas que pertenecen al mismo núcleo o grupo de convivencia.

- Comunitat Valenciana: el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat ha ratificado la limitación de las agrupaciones o reuniones de carácter familiar y/o social a un número máximo de diez personas.

- Extremadura: las reuniones están limitadas a un máximo de diez personas, salvo para los grupos de convivientes.

- Galicia: Se permiten las reuniones de un máximo de cuatro personas en espacios cerrados y de seis personas en espacios al aire libre, sean de uso público o privado.

- La Rioja: el Gobierno autonómico recomienda que las reuniones no superen un máximo de seis personas.

- Murcia: en el caso de las reuniones privadas se amplía de cuatro a seis el número de participantes, la misma cifra que en espacios públicos, tanto en el interior de los establecimientos (anteriormente eran cuatro personas) como en el exterior.

- Navarra: en domicilios, se limitan las reuniones a un máximo de seis personas de dos unidades de convivencia. Las medidas de la Comunidad foral están a la espera de ser ratificadas judicialmente.

- Euskadi: se elimina la limitación de las agrupaciones a cuatro personas, después de que la Justicia tumbara el mantenimiento de las restricciones que pedía el Gobierno Vasco.

- Ceuta: la permanencia de grupos de personas en espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, pasa de cuatro a seis personas.

- Melilla: la ciudad autónoma ha anunciado su intención de solicitar la ratificación judicial para limitar las reuniones a un máximo de seis personas.

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