Las CCAA, responsables de las medidas
Qué se podrá hacer y qué no tras el fin del estado de alarma el 9 de mayo
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha reiterado que no va a prorrogar el estado de alarma, por lo que diversas medidas, como el toque de queda o los cierres perimetrales, llegarían a su fin. Repasamos los cambios.
Una vez más, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha sido tajante ante la posibilidad de prorrogar el estado de alarma el próximo 9 de mayo, día en el que este deja de estar en vigor: "La intención es no hacerlo. Nuestras decisiones siempre serán en función del estado de la pandemia", ha remarcado en una intervención en el Congreso este miércoles.
De este modo, a no ser que el Gobierno dé un giro de 180º, el fin del estado de alarma el próximo mes es inminente. Un hecho que ha provocado las quejas de múltiples CCAA, que insisten en que necesitan "seguridad jurídica" para poder hacer frente a los contagios. No obstante, desde el Ejecutivo mantienen la posición contraria y aseguran que existen "herramientas" suficientes para controlar la pandemia.
En cualquier caso, una vez termine el estado de alarma, serán las regiones las que tengan la última palabra de qué medidas se mantienen y cuales se levantas. Pero en caso de inacción, repasamos qué normas dejarán de ser obligatorias una vez pase el 9 de mayo:
- Toque de queda: finaliza la suspensión de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno. Según el real decreto del pasado mes de octubre, en el que se explicitan las medidas del estado de alarma, "la restricción de la movilidad nocturna se considera una medida proporcionada con un potencial impacto positivo en el control de la transmisión". Sin embargo, este tiene ya fecha de caducidad, con la preocupación de las CCAA en esta cuestión, ya que por ejemplo Castilla y León tuvo problemas judiciales por adelantar su horario en un margen que estaba fuera del decreto.
- Cierre perimetral: la restricción por la que se prohíben los desplazamientos injustificados entre comunidades autónomas. Esta es otra de las normas que llega a su fin con el estado de alarma. De este modo, a diferencia de lo que se marca en el decreto, donde se asegura "la posibilidad de limitar la entrada y salida de los territorios de las CCAA y ciudades con Estatuto de autonomía, a partir del 9 de mayo, a no ser que una región decida autoconfinarse, cualquier ciudadano podría desplazarse por el país. Y, en esta línea, alguna que otra comunidad ya ha dado su visto bueno, como la Comunidad Valenciana, que ya ha adelantado que los cierres perimetrales dejarán de estar en vigor, e incluso se reunirán para tratar este tema unos días antes del fin del estado de alarma; concretamente, el 4 de mayo.
- Máximo de personas en reuniones: esta es otra de las principales normas del decreto del estado de alarma. Hasta ahora, el máximo de personas que pueden juntarse en espacios de uso público (tanto cerrados como al aire libre) es de seis personas. Pero, como explicamos, esta es una restricción que está completamente sujeta al estado de alarma, así que ya no habría un número máximo en estos casos.
- Limitación a la permanencia de personas en lugares de culto. Junto con eso, la última norma específica que se recoge en dicho decreto es la de la limitación de las reuniones en los lugares de culto, como las iglesias. Así, tampoco habría un máximo de personas.
Seguirá habiendo reuniones entre las CCAA
El fin del estado de alarma no implica el fin de las reuniones del Consejo Interterritorial de Salud, un órgano originado a raíz de la pandemia que reúne semanalmente a los representantes de cada CCAA para tratar el estado de la pandemia.
En este sentido, según recoge la agencia Europa Press, los expertos recuerdan que, desde el próximo 9 de mayo, las comunidades autónomas solo podrían tomar medidas "ordinarias" en materia de salud, pero para poder restringir derechos y libertades (como ocurre con el toque de queda o los cierres perimetrales), tendrían que justificar que están ante una situación muy grave.
Estos casos, además, están definidos en la Ley Orgánica de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública de 1986. La misma ley por la que, si se considerara, podría contemplarse una vacunación obligatoria, hecho que ha llevado al Gobierno gallego a una disputa con el Ejecutivo central en el Tribunal Constitucional.
Así, a no ser que haya un cambio de criterio, la pelota estará en el tejado de las CCAA. Razón por la que algunas ya han pedido su ampliación, como el País Vasco, mientras que otras como Andalucía, Cataluña o Galicia ya han dejado entrever su negativa a su finalización. Aunque, como recalcan desde el Ejecutivo, esta decisión dependerá de la situación epidemiológica de las próximas semanas.