"No nos queda otra opción"
Suiza niega su colaboración a García Castellón en el 'caso Tsunami Democràtic'
La contestación de la Oficina Federal de Justicia suiza rechaza de nuevo la petición del juez de la Audiencia Nacional de poder interrogar a, entre otras personas, a la secretaria de ERC, Marta Rovira.
Las autoridades suizas han rechazado la comisión rogatoria del juez del 'caso Tsunami Democràtic' Manuel García Castellón porque, "según la concepción suiza", las manifestaciones de protesta por la sentencia del 'procés' en 2019 no pueden calificarse de un delito de terrorismo porque "tuvieron un carácter político preponderante". De esta manera, niega su colaboración ante la petición del magistrado de la Audiencia Nacional de facilitar las declaraciones, entre otras, de la secretaria de ERC, Marta Rovira.
La contestación de la Oficina Federal de Justicia de Suiza a la que ha tenido acceso laSexta concluye que "no queda otra opción que denegar una vez más la asistencia judicial mutua a la autoridad solicitante por motivos de delito político en el sentido del derecho suizo, así como por la ausencia de doble tipificación en lo que se refiere al delito relativo a las organizaciones criminales y terroristas, equivalente suizo de terrorismo".
También dejan a "la autoridad requirente decidir si tiene la intención de mantener en estas condiciones su solicitud de asistencia jurídica mutua adicional del 7 de enero de 2024, relativa en particular a la localización del señor Wagensberg". Una solicitud que detallan fue "enviada por correo electrónico desde su Ministerio a nuestra Oficina , y también a través de Eurojust".
Además en esa respuesta, el órgano suizo entra a aclarar el funcionamiento de este organismo y el motivo por el que se ha pedido información sobre la ley de amnistía con el fin de "disipar algunos malentendidos". "Es normal que nos hayamos informado previamente sobre el proceso de amnistía en España, como lo habríamos hecho en circunstancias similares con otros Estados extranjeros", asegura el documento.
Respecto al fondo de la solicitud, Fontana sostiene que los actos "descritos detalladamente en las comisiones rogatorias españolas no están comprendidos en el derecho suizo (...) aun cuando el uso de un cierto grado de violencia sea indudablemente moralmente reprobable".
Añade que "la jurisprudencia de los tribunales suizos -explica- ha considerado en el pasado que las Brigadas Rojas italianas, la ETA vasca y la red Al-Qaeda son, por ejemplo, organizaciones criminales/terroristas, pero que las organizaciones que, entre otras, no utilizan medios carentes de actos de violencia criminal en el sentido desarrollado anteriormente, luchan en su país por el poder político".
Esto significa, según apunta la Oficina Federal, que las "resoluciones dictadas por el Tribunal Supremo español, sobre las que no nos corresponde por supuesto emitir ningún juicio de valor, no modifican la calificación que el derecho suizo da a los actos descritos en las comisiones rogatorias" .
"En conclusión, la falta de calificación de terrorismo en el sentido del derecho suizo no nos permite oponernos inicialmente a que se tenga en cuenta la causa de inadmisibilidad de la asistencia mutua constituida por un posible carácter político preponderante, a los ojos del derecho suizo, de acciones bajo investigación española", destaca.