Accedemos a la denuncia

Sumar denuncia a Luis Rubiales ante el CSD por infracción grave por su beso a Jenni Hermoso

laSexta accede a la denuncia presentada desde la formación de Yolanda Díaz contra un acto que "podría calificarse de agresión sexual" contra la jugadora de la Selección. En su denuncia, se remiten al artículo 109 de la Ley del Deporte para pedir una inhabilitación de "entre un mes y dos años".

En breve

Luis Rubiales suma una nueva denuncia tras su beso a Jenni Hermoso durante la celebración por la victoria de la Selección en el Mundial femenino. Sumar ha presentado una denuncia ante el Consejo Superior de Deportes (CSD) por lo que consideran una infracción grave del presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), amparándose en la Ley del Deporte para señalar un comportamiento que califican como "agresión sexual".

En el escrito, al que ha tenido acceso laSexta, la formación liderada por Yolanda Díaz denuncia esta infracción grave que podría conllevar una inhabilitación que comprendería entre un mes y dos años, según afirman amparándose en el punto 105 de la Ley, reiterando que Rubiales ha cometido "actos de abuso sexual".

"El presidente de la RFEF no sólo ejerce un rol privado, es el responsable de desarrollar funciones públicas por delegación ante el Gobierno de España. El artículo 50, apartado f, relativo a las funciones a desarrollar bajo la tutela del Consejo Superior de Deportes, es claro: 'Ejercer la potestad disciplinaria en los términos establecidos en esta ley [del Deporte] y sus disposiciones de desarrollo'. Es decir, el Sr. Luis Manuel Rubiales Béjar desempeña funciones públicas por delegación y, como autoridad, ejerce un rol también de representación pública del país", señalan.

Sumar señala el artículo 4 de la citada Ley, que habla de "actos racistas, sexistas, xenófobos o intolerantes en el deporte" y que recoge el siguiente texto: "Las actuaciones que, con ocasión del desarrollo de una prueba, competición o espectáculo deportivo o próxima su celebración, o en los recintos deportivos [...] supongan acoso, entendiendo por tal toda conducta no deseada relacionada con el origen racial o étnico, geográfico o social, así como la religión o convicciones, discapacidad, edad, sexo u orientación sexual de una persona, que tenga como objetivo o consecuencia atentar contra su dignidad y crear un entorno intimidatorio, humillante u ofensivo".

Después, añaden lo recogido en el punto 4.5 de dicha Ley, que añade lo siguiente: "Las federaciones deportivas españolas y las ligas profesionales deberán contar con un protocolo de prevención y actuación para situaciones de discriminación, abusos o acoso sexual y acoso por razón de sexo o autoridad en el seno de aquellas [...]. De acuerdo con dicho protocolo, deberá ponerse en conocimiento del organismo sancionador dependiente del Consejo Superior de Deportes cualquier actuación que pueda ser considerada discriminación, abuso o acoso sexual y/o acoso por razón de sexo o autoridad, para ser sancionada como falta grave atendiendo a lo establecido en el artículo 105".

laSexta/ Noticias/ España