Filtraciones del informe de la UCO
El Supremo aprecia indicios de delito en la filtración del informe de la UCO en el que se detallaban los whatsapps de la fiscal de Madrid
¿Por qué es importante? En la misma providencia, acuerda que se envíe además su auto de 25 de noviembre con las advertencias que el mismo contiene sobre el secreto de las actuaciones.
El magistrado de la Sala de lo Penal Ángel Hurtado, instructor de la causa contra el fiscal general del Estado y la fiscal jefa provincial de Madrid por un presunto delito de revelación de secretos, ha dictado una providencia en la que acuerda deducir testimonio y enviar al decanato de los juzgados de Madrid, a los efectos oportunos, las quejas de Álvaro García Ortiz y de Pilar Rodríguez por las filtraciones del informe pericial de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil de 21 de noviembre.
En la misma providencia, acuerda que se envíe además su auto de 25 de noviembre con las advertencias que el mismo contiene sobre el secreto de las actuaciones. El instructor toma la misma decisión en relación con una queja presentada por el abogado de la acusación particular, en representación de Alberto González Amador, también por filtraciones.
En su providencia, responde a la solicitud de García Ortiz de dirigir mandato a la UCO para que imparta instrucciones a fin de que no se incluyan mensajes privados ajenos al ámbito de los hechos en su informe. A este respecto, señala que no ha lugar acceder a dicha petición por considerarse que "no cabe formular reproche alguno al trabajo realizado por una unidad tan especializada y reconocida como es la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil, sin perjuicio del derecho de la parte a su cuestionamiento".
El instructor ha dictado otra providencia en la que rechaza la denuncia de la Abogacía del Estado, en representación de los dos investigados, por irregularidades y omisiones en el informe pericial de la UCO del día 21 de noviembre, así como por vulneración de derechos fundamentales, y en la que se formulan distintas peticiones. El magistrado considera que "no cabe poner reproche a dicha prueba pericial, realizada por una unidad tan especializada como es la UCO, sin perjuicio de la parte a su cuestionamiento".