Rechaza a la Fiscalía Europea
El Supremo da a la Audiencia Nacional la investigación del 'caso Koldo' y no a la Fiscalía Europea
La Sala de lo Penal concluye que la Fiscalía Europea no es competente para investigar los hechos porque no afectan a los intereses financieros de la Unión Europea. Por tanto, seguirá al frente de la causa el juez Ismael Moreno.
El Tribual Supremo ha asignado al Juzgado Central de Instrucción nº 2 de la Audiencia Nacional, y no a la Fiscalía Europea, la competencia para investigar las presuntas irregularidades en la adjudicación de contratos de mascarillas en distintas administraciones públicas durante la pandemia, conocido como el 'caso Koldo'.
La Sala de lo Penal resuelve la cuestión de competencia positiva planteado por el juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno y concluye que la Fiscalía Europea no es competente para investigar los hechos porque no afectan a los intereses financieros de la Unión Europea.
En el auto al que ha tenido acceso laSexta, la sala ha acordado que, "en este momento, debe ser el juez Ismael Moreno el competente para investigar los hechos". En ello, se incluye los contratos adjudicados por los Servicios de Salud balear y canario objeto del procedimiento de la Fiscalía Europea, manteniendo esta su competencia sobre tales expedientes en lo relativo exclusivamente a la determinación de la posible comisión de un delito contra los intereses financieros de la Unión Europea.
Asimismo, el Alto Tribunal ha explicado que de lo actuado hasta el momento lo que se investiga en estas actuaciones "es la posible existencia de una organización criminal destinada a obtener de forma irregular adjudicaciones de contratos de material sanitario en distintas Administraciones Públicas nacionales".
Algo, añade el escrito, que se hacía "con o a través de la intervención y/o mediación de cargos públicos de tales Administraciones, que se habrían enriquecido con su actuación, como lo habrían hecho los miembros de aquella organización -posibles delitos de cohecho, tráfico de influencias y organización criminal-". "Unos y otros, presuntamente, habrían tratado de ocultar las ganancias obtenidas a través de diversas operaciones financieras también objeto de investigación -posibles delitos de blanqueo de capitales y contra la Hacienda Pública-", ha añadido.
Explica su 'no' a la Fiscalía Europea
La Sala ha querido dejar claro el marco en el que se creó la Fiscalía Europea y cuáles son sus competencias y ha aclarado que la génesis de este órgano es la de "proteger los intereses de la Unión Europea". "Se trata de un órgano supranacional que pretende paliar las dificultades que los órganos nacionales pueden afrontar a la hora de perseguir las infracciones que perjudican estos intereses y que por su dimensión y efectos se puedan combatir mejor a escala de la Unión.
Se trataría en definitiva "de intensificar la lucha contra estas infracciones que pueden no ser lo suficientemente eficaz si se afronta desde los Estados y, especialmente, desde la fragmentación de los procesos nacionales". Añade que cualquier interpretación que se realice del alcance de la competencia material de la Fiscalía Europea "debe partir de esta premisa": "Los delitos competencia de esta Fiscalía, lo serán, si existe ese perjuicio a los intereses financieros de la Unión y si su mejor y más eficaz persecución exige que aquella asuma su investigación y persecución".