CONSIDERA VÁLIDAS LAS DECISIONES DEL PLENO

El Supremo rechaza el recurso del PSOE y no ve necesario cambiar el nombre de Guadiana del Caudillo

La sentencia confirma la decisión tomada por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura y considera que, lo acordado por el pleno del Ayuntamiento de la localidad de Guardiana del Caudillo, cumple con la Ley de Memoria Histórica y es acorde con el reglamento interno de la población por lo que "no es necesario cambiar el nombre del pueblo".

El alto tribunal no ha admitido el recurso que el portavoz del PSOE en el ayuntamiento de Guadiana del Caudillo, Francisco Moreno, había presentado y asegura que "no es necesario cambiar el nombre del pueblo". El Consistorio considera que el fallo del tribunal deja claro que el catálogo de vestigios ya fue redactado y aprobado por el pleno municipal y en él se concluye que no existen vestigios que incumplen la Ley de la Memoria Histórica.

Con esto, a juicio del Ayuntamiento de Guadiana del Caudillo, se demuestra que la Administración Local "ha cumplido doblemente" con la sentencia y con el artículo 15 de la Ley de Memoria Histórica y asegura que, este catálogo, no ha sido impugnado dentro de los plazos legales, por lo que su aprobación es definitiva.

Ante la resolución del Tribunal Supremo, el equipo de gobierno de Guadiana del Caudillo insta al Grupo Socialista en el Ayuntamiento a que "abandone, de una vez por todas, la batalla de las disputas ideológicas que nada tienen que ver con los problemas diarios de nuestro pueblo". Además, pide la dimisión del portavoz socialista Francisco Moreno, a quien se le imponen las cosas procesales, por un importe de 2.000 euros, por "haber utilizado políticamente" el conflicto del nombre durante los dos últimos años.

laSexta/ Noticias/ España