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El Tribunal Constitucional mantiene la prohibición de manifestaciones el 8M en Madrid
Los sindicatos habían recurrido la prohibición del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
El Pleno del Tribunal Constitucional ha estudiado los recursos de amparo presentados esta mañana por UGT Madrid y CCOO Madrid contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que prohíbe las concentraciones por razones de salud pública para el día de hoy.
Entiende el alto tribunal que el asunto "presenta elementos sustantivos específicos que abogan por un estudio meditado y contradictorio de la medida solicitada". Y por lo tanto se mantiene la prohibición de la concentración prevista para las 11:00 de la mañana del día de hoy en la plaza de Cibeles.
Según las organizaciones, la sentencia del TSJ de Madrid "no analiza de forma concreta la convocatoria a la que aludía el recurso, sino que emplea argumentos de carácter general para desestimarla"."A pesar de haber habido varios recursos contra la prohibición de celebrar este tipo de actos por parte de la Delegación del Gobierno, desde UGT y CCOO entienden que deben estudiarse uno por uno y caso por caso de forma separada", explican en un comunicado conjunto.
Los sindicatos han defendido que "las características de la concentración que tenían prevista", con una limitación de asistentes a 250 personas, "no propician una gran concurrencia" y "convierten este acto en inofensivo para la salud pública".
"Ni la Delegación del Gobierno ni el propio tribunal han planteado alternativas para la celebración de esta convocatoria, como pudieran ser el cambio de lugar o de hora para hacerla posible", han argumentado desde CCOO y UGT y han insistido en su "defensa del ejercicio de un derecho fundamental como es el de reunión y manifestación, recogido en la Constitución Española".
Por ello, presentaron un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional por entender que con esta decisión "se produce una vulneración de derechos fundamentales recogidos en los artículos 14 a 29 y en el 30.2 de la Carta Magna, y con el objeto de preservar los derechos y libertades por razón de los cuales se promueve el recurso".
La Sección 10ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM)ha desestimado este fin de semana los cinco recursos interpuestos contra la resolución dictada por el Delegado del Gobierno en Madrid el pasado 3 de marzo, y mediante la que se prohibieron las concentraciones y manifestaciones con motivo del Día Internacional de la Mujer por razones de salud pública.
En concreto, las cinco sentencias firmadas el domingo por estos jueces corresponden a los recursos interpuestos el pasado viernes por varios colectivos y particulares, convocantes de diversos actos que iban a tener lugar este lunes, día 8. El sábado, el mismo tribunal desestimó por los mismos motivos los recursos sobre las protestas feministas de estos días. Los magistrados responden a las recurrentes que esta prohibición no es consecuencia de una discriminación de género, como han argumentado en sus recursos, sino que "los motivos básicos de denegación de la concentración se centran en razones de salud pública".