NO SE PRONUNCIA SOBRE SU LIBERTAD
El tribunal europeo avala la inmunidad de Junqueras desde que fue elegido eurodiputado
La sentencia europea no entra en si Junqueras debe salir de prisión. Lo deja en manos de la justicia española. El Supremo, de hecho, ha pedido información a todas las partes para tomar una decisión.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha sentenciado este jueves que Oriol Junqueras debería haber sido reconocido como eurodiputado desde la proclamación oficial de los resultados de los comicios.
En una breve lectura del fallo en español, el presidente de la Corte, Koen Lenaerts, ha indicado que "goza de inmunidad en virtud una persona que ha sido oficialmente proclamada electa al parlamento europeo", incluso "cuando se encontraba en prisión provisional en un proceso penal por delitos graves" y que "esta inmunidad implica el levantamiento de la medida de prisión provisional al objeto de permitir al interesado desplazarse al parlamento europeo y cumplir allí las formalidades requeridas".
El magistrado, a continuación, dice que "si el tribunal nacional competente estimaba no obstante que debe mantenerse la medida de prisión provisional tras la adquisición de la condición de miembro del Parlamento" debía haber solicitado "a la mayor brevedad a la Eurocámara" que suspendiera dicha inmunidad".
El Tribunal de Luxemburgo no se pronuncia sobre si Junqueras debe o no salir de prisión, donde cumple condena por sedición.
La sentencia llega tras la condena por sedición
"El Sr. Junqueras Vies adquirió la condición de miembro del Parlamento Europeo el 13 de junio de 2019, día en que las autoridades españolas competentes procedieron a la proclamación oficial de los resultados de las elecciones al Parlamento Europeo celebradas el 26 de mayo de 2019. En esa fecha, el interesado se encontraba en situación de prisión provisional". Ahora la situación es diferente, ya que hay una sentencia firme condenatoria.
Junqueras adquirió la condición de eurodiputado en junio de 2019 y estando en prisión provisional, el Supremo no le dio permiso para ir a acatar la Constitución.
El fallo responde a las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal Supremo a petición de los abogados de Junqueras, que pidieron esta consulta en un recurso de súplica contra la decisión del alto tribunal de no darle permiso para ir a acatar la Constitución ante la Junta Electoral Central y así acceder a la condición plena de eurodiputado.
El Supremo pide informes
Según informa Alfonso Pérez Medina, el Tribunal Supremo va estudiar en profundidad el contenido íntegro de la sentencia del tribunal europeo y ha acordado dar un traslado para alegaciones al Ministerio Fiscal, Abogacía del Estado, acusación popular y a la defensa de Oriol Junqueras por término de 5 días. Con su resultado se acordará lo procedente.