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Acosar a las mujeres que acuden a clínicas para abortar ya es delito: entra en vigor la reforma del Código Penal

El nuevo artículo incorporado al Código Penal castiga el acoso a las mujeres que acuden a interrumpir voluntariamente su embarazo con entre tres meses y un año de prisión o trabajos en beneficio de la comunidad.

En breve

El acoso a las mujeres que acuden a clínicas para abortar es, desde este jueves, un delito, con la entrada en vigor de la ley que modifica el Código Penalpara castigar esta conducta con penas de entre tres meses a un año de prisión o trabajos en beneficiode la comunidad. La nueva norma, aprobada por el Senado el pasado 6 de abril, se publicaba este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Dicha ley considera "imprescindible garantizar una zona de seguridad alrededor de los centros sanitarios que facilitan la interrupción voluntaria del embarazo de forma que quede garantizada la intimidad de las mujeres, su libertad y seguridad física y moral, así como su derecho a la libre circulación y de este modo garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres".

A tal efecto, incorpora un nuevo artículo al Código Penal, el "172 quater", que establece que "el que obstaculice el ejercicio del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, acosare a una mujer mediante actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos que menoscaben su libertad será castigado con pena de prisión de tres meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días".

Una pena que el artículo contempla también en el caso del acoso a los trabajadores de los centros: "Las mismas penas se impondrán a quien acosare a los trabajadores del ámbito sanitario en su ejercicio profesional o función pública y al personal facultativo o directivo de los centros habilitados para interrumpir el embarazo con el objetivo de obstaculizar el ejercicio de su profesión o cargo".

Además, en función de "la gravedad, las circunstancias personales del autor y las concurrentes en la realización del hecho", se prevé la posibilidad de prohibir a los autores "acudir a determinados lugares por tiempo de seis meses a tres años". Para perseguir tales hechos, apunta el artículo, "no será necesaria la denuncia de la persona agraviada".

Acoso sistemático a las puertas de las clínicas

La nueva norma advierte de que el acoso a los centros donde las mujeres interrumpen voluntariamente sus embarazos es "una constante" desde que se despenalizó el aborto en tres supuestos. "La ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo reconoce el derecho de la mujer a interrumpir libre y voluntariamente la gestación en las primeras 14 semanas del embarazo" y proporciona "seguridad jurídica tanto a las mujeres como a los profesionales que participan", recuerda en su preámbulo.

Además, cita un informe elaborado en 2018 por la Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción del Embarazo (ACAI), con entrevistas a 300 mujeres que acudieron a varias clínicas de toda España a abortar: el 89% se habían sentido acosadas y un 66%, amenazadas. "Miles de mujeres se han visto increpadas, insultadas, coaccionadas o amenazadas de algún modo", concluía el informe.

Este detallaba que "grupos organizados abordan a mujeres con fotografías, fetos de juguete y proclamas contra el aborto antes de que entren en la clínica para que modifiquen su decisión a través de coacciones, intimidación y hostigamiento", lo que llevó a ACAI a solicitar una regulación que considerara el acoso en las clínicas mediante este tipo de acciones como un delito de obstaculización del aborto.

Sonia Lamas, portavoz de la citada asociación , denunciaba el año pasado en El Intermedio algunas de las prácticas de estos grupos antiabortistas para acosar a las pacientes y disuadirlas de interrumpir su embarazo: desde entregarles folletos "donde las mujeres pueden llegar a leer que si abortan se suicidan" o que "abortar les va a provocar cáncer" a ofrecerles ecografías a las puertas de los centros e invitarlas a desayunar, de tal forma que ya no pudieran someterse a la intervención al no estar en ayunas. Puedes ver su relato bajo estas líneas:

La nueva ley también subraya que el propio Defensor del Pueblo inició en 2018 una actuacióntras recibir esta denuncia del acoso al que se ven sometidas las mujeres que acuden a este tipo de centros documentando numerosos casos de hostigamiento en toda España, ante lo que valoró la propuesta de creación de zonas seguras para garantizar el acceso de las mujeres a las clínicas.

Una medida que ahora pretende garantizar la nueva legislación, cuya redacción puedes leer aquí:

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