NO HAY NINGÚN CONDENADO

La Justicia no halla culpables en el caso de la trabajadora de Iveco que se suicidó por un vídeo sexual

El archivo se produce por "falta de autor conocido" del delito de descubrimiento y revelación de secretos. La víctima se suicidó en su casa después de la difusión de su vídeo sexual.

El Juzgado de Instrucción número 5 de Alcalá de Henares ha archivado las diligencias abiertas para investigar el origen de la difusión de un vídeo sexual en mayo de 2019 por el que una madre de 32 años trabajadora de la fábrica de Iveco de San Fernando de Henares se quitó la vida. El archivo se produce por "falta de autor conocido" del delito de descubrimiento y revelación de secretos, según han informado fuentes jurídicas.

La juez Ana María Gallegos se hizo cargo del caso tras recibir el atestado policial del suicidio. En un principio se investigó si fue una antigua pareja de la fallecida o ella misma, por un error, habrían propagado por primera vez esas imágenes íntimas. Los agentes analizaron el vídeo para comprobar quiénes lo habían compartido y si la mujer pudo haber sufrido acoso por parte de personas de la empresa en la que trabajaba.

La mujer, de 32 años y madre de dos hijos pequeños, estaba preocupada tras la difusión del vídeo entre sus compañeros de trabajo por lo que opinaría su marido. La joven padeció una crisis nerviosa y, al día siguiente, se suicidó en su casa de Alcalá de Henares.

Tras la reforma del Código Penal de 2015, a raíz del caso de Olvido Hormigos, se estableció una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses al que, "sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de aquella que hubiera obtenido con su anuencia en un domicilio o en cualquier otro lugar fuera del alcance de la mirada de terceros, cuando la divulgación menoscabe gravemente la intimidad personal de esa persona".

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