A partir del 7 de abril

Así se solicita el borrador de la Renta 2020/21

A partir del 7 de abril y hasta el 30 de junio puedes solicitar y tramitar el borrador de la declaración de la Renta 2020/21. Te explicamos todos los pasos para hacerlo.

En breve

La campaña de la declaración de la Renta 2020 se inicia el 7 de abril y finaliza el 30 de junio de 2021. Un ejercicio económico al que están obligados a presentarse todas las personas físicas que residen en territorio español y superen los ingresos o ganancias anuales de 22.000 euros (con un pagador) o 12.643 euros (si se tienen dos o más pagadores).

Como cada año, los contribuyentes podrán obtener y presentar el borrador de la declaración por Internet a través del servicio Renta Web. A continuación, te explicamos cómo puedes solicitar este trámite para la declaración de la Renta 2020/21.

Cómo obtener el número de referencia y presentar el borrador

El primer paso para solicitar el borrador del IRPF es acceder a la web de la Agencia Tributaria o bien descargar la aplicación de la misma, tanto en Android como en iOS. Una vez entres a la web o a la ‘app’, deberás dirigirte a ‘Trámites destacados’, donde Hacienda ofrece los apartados clave para la presentación de la Renta.

Dentro del mismo debes seleccionar la opción “Obtenga su número de referencia”, un sistema de autenticación e identificación únicamente para personas físicas, con el que podremos realizar el trámite del borrador. Hay que tener en cuenta que, como recoge la web de la Agencia Tributaria, las referencias de la campaña del ejercicio anterior dejarán de tener validez a partir del 4 de marzo y será necesario obtener una nueva referencia a partir de entonces.

Con todo, podrás solicitar el número de referencia para la Renta 2020 a través de estas vías:

- A través de la casilla 5050 de la declaración de Renta de 2019, facilitando el DNI/NIE y fecha de validez, expedición o número de soporte. Una vez cumplimentados los datos, podremos introducir el importe de la casilla 5050 de la declaración de la Renta 2019. Esta casilla corresponde con la “base liquidable general sometida a gravamen” y puedes verificar la misma en el “documento de ingreso o devolución”.

Si no has presentado la declaración de Renta del año pasado o el resultado de la casilla 505 fuese cero, deberás contar además con el IBAN de una cuenta bancaria en la que figures como titular.

- Certificado o DNI electrónico.

- Cl@ve PIN.

- A través de la app de la Agencia Tributaria si dispones de la referencia de la campaña anterior, DNI/NIE y su fecha de validez, expedición o número de soporte. La referencia de la Renta 2019 tendrá validez siempre que sea la última obtenida por el contribuyente, no haya sido inhabilitado para la obtención del número de referencia y no haya obtenido una nueva referencia para la campaña de Renta 2020.

En este vídeo de la Agencia Tributaria se explica todo el proceso completo para este trámite.

Tras disponer del número de referencia, la web remitirá automáticamente al apartado ‘Servicio de tramitación borrador / declaración (Renta WEB)’, disponible a partir del inicio del ejercicio, el 7 de abril. Una vez dentro, te debes identificar con el DNI o NIE y el número de referencia obtenido anteriormente. Por último, deberás cumplimentar todos los datos identificativos y acceder al resumen de la declaración.

Una vez más, la Agencia Tributaria dispone de varios números telefónicos por si tienes alguna duda a la hora de rellenar los datos del IRPF: 901 33 55 33 y 91 554 87 70. El horario de atención es de lunes a viernes, de 09:00 a 19:00 horas.

Vía telefónica y presencial

Si por el contrario decidimos presentar la declaración por teléfono o presencialmente, los plazos se demoran y será imprescindible solicitar cita previa.

- Por teléfono: a partir del 6 de mayo (cita previa a partir del 4 de mayo)

- Presencialmente: a partir del 2 de junio (cita previa a partir del 27 de mayo)

La cita previa de la solicitud se podrá concertar por Internet o en los números: 901 12 12 24 / 91 535 73 26 / 901 22 33 44 / 91 553 00 71. Las citas tienen una duración de 15 minutos en horario de 9 a 20:30 horas. En el caso de la solicitud telefónica, deberás tener preparada la información necesaria para realizar la declaración cuando te llamen.

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