EL JOVEN ALEGÓ QUE DESCONOCÍA LA VERDADERA EDAD DE LA NIÑA

La Audiencia de las Palmas condena a un mayor de edad por mantener relaciones sexuales consentidas con una menor

Condenan a 10 años de cárcel a un joven de 20 años por un delito de abuso sexual, al mantener asiduamente relaciones sexuales con una niña de 12 años. La niña ha asegurado que ella pensaba que el chico tenía su misma edad y que si aceptó tener relaciones sexuales con él era por miedo a que le dejara.

La Audiencia de Las Palmas ha condenado a diez años de cárcel por un delito continuado de abuso sexual con una menor a un joven de 20 años que mantuvo relaciones sexuales con una niña de 12 a la que había conocido a través de la red Instagram, aunque fueran consentidas por esta.

En el juicio, el procesado, A.M.P.R., alegó que pensaba que chica tenía 17 años y negó haber practicado sexo con ella. Sin embargo, la Audiencia de Las Palmas da mayor credibilidad al testimonio de la menor, que relató que el chico con el que estuvo saliendo en 2016 sabía que tenía 12 años y que consintió en acostarse con él porque temía que la dejara si se negaba.

La sentencia remarca que su testimonio se ve corroborado por mensajes de móvil que la madre de la menor envió al acusado, preocupada por la diferencia de edad entre ambos: "Te recuerdo que no deja de tener doce años y es mi responsabilidad", le decía. Otros mensajes de whatsapp cruzados entre el procesado y la menor revelan además el "elevado nivel de humillación, dominio y vejación" que el primero ejercía sobre la segunda, apunta el tribunal.

También existen más mensajes entre ambos que corroboran la realidad de las relaciones sexuales que la menor dijo haber mantenido con el procesado, concluyen los magistrados. La Audiencia de Las Palmas no da ninguna importancia jurídica al hecho de que las relaciones fueran consentidas, una vez acreditado que el procesado sabía que la chica tenía menos de 16 años, porque ella misma y su madre se lo dijeron y porque "por su aspecto debía de ser perfecto conocedor de esa circunstancia". El fallo impone a Aldo M.P.R. un período de siete años de libertad vigilada a cumplir a partir del momento que abandone la prisión, le ordena mantenerse alejado de la chica durante los próximos 15 años y le prohíbe desempeñar en los próximos 13 años cualquier trabajo u oficio que conlleve contacto con menores.

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