Con penas de multa
Cataluña recuerda a sus ayuntamientos que no pueden prohibir el topless en las piscinas municipales
Con una carta, la Generalitat recuerda a los ayuntamientos que la ley contempla sanciones que pueden ir de los 300 a los 500.000 euros de multa para quienes intenten prohibir el topless en piscinas municipales.
Ningún vigilante podrá llamarte la atención por hacer topless en una piscina municipal en Cataluña este verano. No es novedad, la normativa vigente no permite prohibiciones de topless o lactancia en las piscinas municipales de la región, pero hay a quien se le olvida y todavía pide a alguna mujer que se cubra los pechos.
Por eso, desde el Departamento de Igualdad y Feminismos de la Generalitat han enviado una carta a todos los ayuntamientos para recordar que el topless está permitido.
Esa misiva se hizo llegar antes de la preparación de las campañas de apertura de piscinas municipales "como acción preventiva".
Desde la asociación "Mugrons lliures" (Pezones libres), que asegura llevar seis veranos luchando contra la "discriminación" que supone que las mujeres no puedan llevar el torso desnudo, ha agradecido a la conselleria de Tània Verge las directrices claras dadas a los entes locales.
La recuerda la ley de igualdad de trato y no discriminación catalana de hace tres años y que ninguna ordenanza municipal podía contradecir.
La Oficina de Igualdad recibirá los posibles avisos de incumplimiento de la ley, con sanciones que pueden ir de los 300 a los 500.000 euros de multa, en función de la gravedad del incumplimiento.
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El texto remitido a los consistorios afirmaba: "Constituye una discriminación la prohibición a las mujeres de utilizar las instalaciones con el torso desnudo (lo que se conoce como 'topless')." Igualmente, en la misma carta, el Govern señalaba que la ley considera una práctica discriminatoria prohibir la lactancia o vetar el trabajo de baño integral.
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