Plan del Ministerio de Consumo
Los clientes podrán llevarse sus sobras de los restaurantes en envases propios o aportados por el local
Según Consumo, esta medida beneficiará a más de 350.000 establecimientos. Además, para evitar el desperdicio alimentario, estos locales podrán vender productos que presenten defectos siempre y cuando no afecten a su seguridad y se informe a los consumidores.
Los bares y restaurantes deberán ofrecer sin ningún coste a sus clientes la posibilidad de llevarse los alimentos que no hayan consumido en el local, para lo que tendrán que aportar envases reutilizables o fácilmente reciclables, o aceptar un recipiente del propio consumidor. Esta medida forma parte del Real Decreto que regulan y clarifica ciertos requisitos en materia de higiene y comercialización de los productos alimenticios que se sirven en establecimientos de comercio al por menor, para el que el Ministerio de Consumo ha abierto este lunes una audiencia pública que durará 15 días.
El ministerio que encabeza Alberto Garzón estima que esta medida afectará "positivamente" a más de 350.000 establecimientos, por lo que "se impulsará la economía local, se mejorarán las garantías alimentarias y se fomentará la sostenibilidad". Los establecimientos de comercio al por menor también deberán permitir el uso de envases reutilizables aportados por el propio consumidor en el momento de hacer la compra, pero será éste último el responsable de la higiene de los mismos y de los posibles problemas de seguridad alimentaria que se pudieran derivar.
Si es el propio minorista el que dispensa productos alimenticios en envases de vidrio, metal o cerámica, estos podrán reutilizarse siempre y cuando se cuenten con equipos que garanticen la adecuada limpieza y desinfección de los envases al ser retornados por los clientes.
Además, para evitar el desperdicio alimentario, estos establecimientos podrán vender productos que presenten defectos de forma, tamaño, etiquetado o envasado cuando no afecten a su seguridad y se informe de esta circunstancia a los consumidores.
La excepción son las conservas que estén abombadas, ya que este defecto puede indicar un problema de seguridad alimentaria. Respecto a los productos alimenticios elaborados por los propios establecimientos de comercio al por menor, estos deberán ser etiquetados según la normativa vigente pero, de manera voluntaria, podrán incluir las etiquetas de "elaborado por" o "elaboración propia" en un indicativo próximo al producto cuando éste no se presente envasado. Según Consumo, la audiencia pública busca enriquecer la norma con la opinión de ciudadanos, organizaciones y asociaciones.
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