Delitos de acoso y lesiones
Condenan a un año de cárcel al paparazzi que acosó a Clara Chía, pareja de Gerard Piqué
El magistrado también impone órdenes de alejamiento y prohibición de aproximación y comunicación respecto de la denunciante durante un año y medio, así como a pagar una indemnización de más de 13.000 euros por los daños morales.
El paparazzi Jordi Martín ha sido condenado a un año de prisión por los delitos de acoso y lesiones cometidos contra Clara Chía, pareja de Gerard Piqué. Así lo ha dictado el Juzgado de lo Penal número 14 de Barcelona en una sentencia a la que ha tenido acceso laSexta, en la que le impone seis meses de prisión por cada uno de los dos delitos.
El magistrado también ha impuesto órdenes de alejamiento y prohibición de aproximación y comunicación respecto de la denunciante durante un año y medio, así como a pagar una indemnización de más de 13.000 euros por los daños morales.
La sentencia enumera los varios momentos en los que la víctima se ha sentido acosada y perseguida por el paparazzi y esto conlleva que el magistrado concluya, respecto del delito de acoso, que se han producido un "aluvión de actos de vigilancia, persecución y referencias en las redes sociales" que solo pueden ser calificados como "de actitud intimidatoria", "generando el consiguiente amedrentamiento y desasosiego en la destinataria de tales actos".
"La gravedad de la conducta desplegada por el acusado es incuestionable, tanto por los efectos indeseables que sobre la vida de la perjudicada existieron, quien solamente retomó un tiempo la tranquilidad por la existencia del cese forzado de la conducta al habérsele impuesto medidas cautelares, como por la sintomatología derivada de ello", añade.
Los actos a los que hace referencia el magistrado fueron "constantes" y con "vocación de permanencia en el tiempo", prologándose durante diez meses "con absoluta intensidad". "Los actos que han quedado acreditados, afectaron de una forma muy relevante al desarrollo de la vida ordinaria de la víctima, quien se vio sometida no solo a una modificación de hábitos, cambio de domicilio, restricciones de actividades de ocio, dejar de acudir a casa de su familia, o dejar de ir al gimnasio, sino que tuvo repercusiones en el ámbito laboral, hasta el punto de que tuvo que dejarlo un tiempo, y en el personal, provocando en ella la necesidad de tener que ir acompañada en todo momento", explica.
El magistrado considera que este comportamiento "ha superado con creces los límites de lo que podría ser aceptable" tras conocerse el inicio de su relación sentimental con Gerard Piqué. "Esa atención, pasó al hostigamiento, y por lo tanto a una intensidad muy alta, totalmente compatible con las consecuencias patológicas acreditadas", sentencia.