EL VÍDEO, CONSIDERADO "OFENSIVO Y HUMILLANTE"
Condenan a prisión a un hombre por acusar a los homosexuales de ser "autores de la mayoría de casos de pederastia"
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a un hombre a seis meses de cárcel y a pagar una multa de 1.800 euros por sus afirmaciones, hechas en un vídeo subido a Internet. Los magistrados consideran que "la dosis de menosprecio y descrédito" de sus palabras es "sencillamente brutal, intolerable para un ordenamiento jurídico y una sociedad basada en el respeto a la dignidad y la libertad de las personas".
La Sección número 23 de la Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la condena a seis meses de cárcel y multa de 1.800 euros a un hombre que subió un vídeo a Internet titulado 'Sodomía y pederastia son dos ramas del mismo tronco', en el que acusa a los homosexuales de ser "los autores de la inmensa mayoría de los casos de pederastia".
De esta forma, la Sala ha ratificado la condena del Juzgado de lo Penal número 16 de Madrid dictada a fecha de 14 de septiembre de 2017 por un delito de odio, desestimando el recurso de apelación que interpuso el condenado contra la misma.
Según recoge la sentencia ahora firme, el 6 de febrero de 2015 el condenado publicó en una plataforma 'online' este vídeo, visto en 2.160 ocasiones, y retirado apenas mes y medio después."No nos engañemos: homosexualidad, es decir, sodomía, y pedofilia o pederastia son dos ramas del mismo tronco. Son dos degeneraciones anticristianas y, por tanto, inhumanas", dice el individuo durante un momento del vídeo, para posteriormente abordar su argumento final.
"Tolerancia cero frente a la pedofilia, por supuesto. Al que masacre a un niño hay que masacrarle a él. Ahora bien, lo mismo se pudiera decir de la homosexualidad. La prueba es que el noventa y tantos por ciento de los casos de pedofilia son homosexuales de práctica sodomítica. No neguemos la evidencia", concluye.
Para los magistrados, "la dosis de menosprecio y descrédito" que encierran estas palabras resulta "sencillamente brutal, intolerable para un ordenamiento jurídico y una sociedad basada en el respeto a la dignidad y la libertad de las personas". En su recurso, el condenado apeló a la libertad de expresión como argumento para justificar inocencia.
Sin embargo, la Sala recuerda que, "por importante que resulte en el seno de una sociedad que verdaderamente se considere democrática la defensa del derecho constitucional a la libertad de expresión en términos amplios", el ejercicio de este derecho "no puede llegar a justificarlo absolutamente todo; sencillamente porque, en palabras del propio Tribunal Constitucional, ningún derecho fundamental es absoluto". En esta línea, los magistrados añaden: "La Constitución no ampara los atentados a la dignidad humana" en este vídeo "ofensivo y humillante".