Renta

¿Cuándo comienza la campaña de la renta 2021/2022?

Te contamos cuáles son las fechas clave para hacer la declaración de la Renta del pasado ejercicio y qué novedades tendrás que tener en cuenta.

En breve

La próxima campaña de la renta ya tiene fecha. Millones de españoles deberán declarar los ingresos obtenidos durante el año 2021 a partir del 6 de abril, según el calendario publicado por la Agencia Tributaria.

A diferencia del 2020, este año existen varias novedades: por ejemplo, la subida de impuestos para las rentas a partir de 300.000 eurosy para los patrimonios de más de 10 millones. Además, habrá ayudas para las personas afectadas por la erupción del volcán de La Palma.

Aunque aún falta algo más de un mes para poder presentar la Declaración de la Renta, es necesario destacar que se podrá gestionar de varias maneras: por Internet, a través de la web de la Agencia Tributaria; por vía telefónica, o de manera presencial. Te contamos cuáles son los plazos claves para iniciar el proceso y qué cambios afectan a esta campaña.

Fechas claves para la Renta 2021/2022

El próximo 6 de abril se abrirá el plazo para presentar la declaración de la Renta, que se podrá gestionar hasta el 30 de junio. Desde ese momento, cualquier persona podrá presentar las declaraciones del IRPF y de Patrimonio a través de Internet.

No obstante, la fecha cambia en el caso de que se quiera hacer de forma telefónica. Esto será posible desde 5 de mayo hasta el 30 junio. Si por el contrario los usuarios prefieren hacerlo de forma presencial, también podrán presentar la declaración en las propias oficinas de la Agencia Tributaria, pero en este caso desde el 1 hasta el 30 de junio. En ambos casos será necesario contar con una cita previa.

Aunque la campaña finaliza el 30 de junio, aquellos que presenten las declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación bancaria deberán hacerlo tres días antes, es decir, hasta ellunes 27 de junio.

¿Cómo se presenta la declaración de la Renta a través de la web de Hacienda?

Si tu intención es presentar el borrador de la declaración de la Renta 2021/2022 a través de la página web de Hacienda deberás tener alguno de estos elementos para poder culminar con éxito el procedimiento:

  • Cl@ve PIN: se deberá indicar el código de la clave de acceso y el PIN del código de acceso. Si los datos son correctos, deberás pulsar "Confirmar" para continuar con la tramitación.
  • Certificado electrónico o DNI: al seleccionar esta opción el navegador solicitará el PIN y, a continuación, se muestra el almacén de certificados para poder elegir el que corresponda (autenticación o firma).
  • Número de referencia: la Agencia Tributaria te proporcionará un número de referencia que te permitirá gestionar todos los Servicios de Renta. Eso será posible introduciendo el DNI electrónico.

Novedades para la campaña de la Renta 2021/2022

A la hora de realizar la campaña de la Renta es importante conocer las principales novedades de 2021. En primer lugar, habrá un aumento en el impuesto IRPF de dos puntos del tipo estatal para las rentas del trabajo de más de 300.000 euros, hasta el 47%, y tres puntos para las rentas de capital de más de 200.000 euros, hasta el 26%.

Por otro lado, el Impuesto sobre el Patrimonio se ha incrementado un punto porcentual. Es decir, aquellos bienes de más de 10 millones de euros pasarán a tributar del 2,5% al 3,5%.

En relación con las inversiones en criptomonedas, Hacienda ha aumentado la vigilancia con el objetivo de evitar que se produzcan fraudes fiscales. Por lo tanto, todo aquel que haya obtenido beneficios que superen los 1.000 euros deberán reflejarlo en la declaración de la renta tanto si los ingresos se tienen en España como en el extranjero.

Otro de los aspectos llamativos es que tras la aprobación del Real Decreto-Ley para ayudar a los afectados por la erupción del volcán de La Palma, los damnificados estarán exentos de tributar el IRPF.

Por último, los planes de pensiones privados individuales se reducen a un máximo de 2.000 euros, a diferencia de los planes de empresa que elevan el límite hasta los 8.000 euros.

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